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A cien años del Federal Arbirtration Act (FAA), y ahora, ¿qué sigue?

12 de febrero de 2025
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Las opiniones expresadas en este artículo son únicamente del(a) autor(a) y no reflejan las opiniones y creencias de Microjuris o sus afiliados.

Por: Darik Cruz Martínez, Esq., LL.M., S.J.D., profesor adjunto de la Escuela de Derecho de la Pontificia Universidad Católica

El 12 de febrero de 1925 se aprobó el Federal Arbitration Act (conocido por y en adelante el FAA). Para ese entonces el propósito primordial de esta legislación era atender las transacciones marítimas y las transacciones comerciales. Del mismo cuerpo de la ley se desprende que asuntos laborales y relacionados con los consumidores no estaban incluidos en la ley. El FAA ha permitido atender disputas fuera de la rigurosidad de los tribunales y con expertos (árbitros) en la materia a resolver. Sin embargo, ha dejado afuera distintos aspectos que debiesen ser discutidos e incluidos como enmiendas en la propia ley.

Aunque el FAA tiene orígenes y perspectivas comerciales, diferentes decisiones de los tribunales federales desde los ochenta han extendido la utilización de la FAA a diversas áreas. A modo de ilustraciones mencionamos dos asuntos como lo son aspectos laborales y asuntos del consumidor que no han incluidos en el FAA.

Brevemente, para el 1913 el Departamento del Trabajo Federal había sido creado, pero cuando se legisló el FAA no se consideró atender el asunto laboral como parte de la legislación. Esto sin tomar en cuenta que previo al 1913 se habían creado distintos organismos relacionados con asuntos laborales como el Bureau of Labor Statistics (1884) y el Departamento de Comercio y del Trabajo en el 1903. Aunque el derecho laboral ya era parte, el Congreso no trajo asuntos laborales en el FAA.

Por otro parte, la legislación relacionada con los derechos al consumidor se vio plasmada en legislación federal para una fecha posterior. A principios de los años sesenta, el gobierno federal promulgó una serie de legislaciones federales buscando la protección de los consumidores. Antes de esa época, la mayoría de las transacciones de consumo se regían por la antigua regla de caveat emptor or "let the buyer beware. Estas leyes buscan desde su origen la protección del consumidor y el bienestar de los consumidores. Así como sucedió con el área laboral, el Congreso federal tampoco incluyó el arbitraje como medida para atender asuntos de los consumidores tanto en aquel momento como con posterioridad.

En general, el acuerdo de arbitraje es un contrato privado entre las partes, indicando que las partes, en la eventualidad de existir una disputa o controversia van a renunciar a llevar su reclamación a los tribunales. De esta forma, obliga a las partes a utilizar el arbitraje como opción para dilucidar las controversias. En este tipo de caso, el FAA tiene el campo ocupado por ser legislación federal y mucha legislación estatal queda inoperante cuando trata de limitar el alcance de cláusulas o acuerdo de arbitraje que conflijan con el FAA.

El acuerdo o la cláusula de arbitraje debe garantizar un debido proceso de ley asegurando la debida notificación a las partes, el método o mecanismo para seleccionar el o los árbitros (incluyendo la impugnación de candidatos); alcance de la prueba a presentar según la controversia, el significado y las consecuencias del laudo arbitral, entre otros asuntos a considerar e incluir en mencionada cláusula. Estos acuerdos generalmente son cláusulas preexistentes en los acuerdos o contratos.

Arbitraje y consumidores

El arbitraje ha sido utilizado en diversas áreas incluyendo aspectos laborales y asuntos del consumidor para atender las disputas entre las partes. En el caso de los consumidores se ha utilizado en el arbitraje por Med-Arb clauses en diversos comercios para sustituir las reclamaciones judiciales por reclamaciones utilizando ADR, ya sea primero la mediación y luego el arbitraje en caso de no funcionar la primera y según sea redactada esa cláusula. Con la amplitud del comercio las relaciones consumer to business (C2B) han aumentado sobre todo en las actividades donde las transacciones utilizan el comercio electrónico (también conocido como e-commerce). Podemos ejemplificar este tipo de transacciones (e-commerce) en compañías como Amazon, e-Bay, entre otras.

Uno de los retos en transacciones del comercio electrónico es si la compra de bienes o servicios se hace de forma electrónica, ¿Por qué la reclamación se tiene que realizar de forma presencial? Es aquí donde la resolución de disputas en líneas (Online Dispute Resolution, ODR) cobra relevancia. Atender el asunto utilizando el ODR puede representar un proceso más flexible, un proceso más rápido y un proceso más informal. Sobre este último asunto es de vital importancia para los consumidores porque para muchas personas los tribunales representan un estresor mayor cuando tienen que comparecer ante estos y al realizarse el trámite en línea pudiese hacer sentir al consumidor sin tanto estrés. Aunque este no es el único elemento lo cierto es que debe ser considerado porque el objetivo debe ser un proceso justo para que los participantes tengan la confianza y tranquilidad dentro del proceso independientemente del posible resultado.

Conclusión

El FAA ha traído un sinnúmero de beneficios en disputas comerciales e individuales. No obstante, a cien años de su creación es necesario atender ciertos asuntos tanto para los consumidores, reclamaciones laborales, entre otras áreas del derecho. También es importante incluir y actualizar la ley para atender asuntos del debido proceso (due process), asuntos del comercio electrónico (e-commerce), entre otros asuntos a considerar. A nivel nacional muchos académicos y practicantes han estado abogando por cambios y enmiendas al FAA para mejorar y actualizar muchos aspectos de la ley no solo en la parte teórica sino en la práctica. Estaremos pendientes a las próximas propuestas y posibles cambios a esta legislación tan importante que representa una opción de resolver disputas fuera de los tribunales.

Las columnas deben enviarse a mad@corp.microjuris.com y deben ser de 600-800 palabras. 

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