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NOTICIAS | Abogacía y Ética , acceso a la justicia , colegiación , Colegio de Abogados y Abogadas de Puerto Rico , Ejecutivo , Fondo de Acceso a la Justicia , NOTICIAS , Profesionales y Oficios
El 6 de septiembre de 2013 el gobernador Alejandro García Padilla envió a la legislatura un anteproyecto de ley que busca restablecer el requisito de colegiación como condición para ejercer la profesión de la abogacía en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico.
La medida deroga las Leyes 121 y 135 de 2009 e incorpora un nuevo artículo a la Ley Núm. 43 del 1932 para crear el Fondo de Acceso a la Justicia. Este fondo tiene como propósito primordial ayudar a las instituciones y organizaciones que ofrecen servicios de acceso a la justicia a los ciudadanos y ciudadanas que por razones económicas no puede sufragar representación legal.
El proyecto de administración dispone que se cambie el nombre de la institución a "Colegio de Abogados y Abogadas y del Notariado de Puerto Rico".
El gobernador envió también para consideración legislativa un anteproyecto que restablece el requisito de membresía al Colegio de Abogados y Abogadas y del Notariado de Puerto Rico para practicar la notaría en la isla.
En el cuatrienio pasado se eliminaron la colegiación compulsoria, el requisito de ser colegiado para practicar la notaría y los ingresos que se designaban para servicios de la profesión y para la comunidad puertorriqueña al CAPR.
Con el fin de devolverle las herramientas de recaudo, el pasado mes de abril el primer ejecutivo dio paso a tres leyes: la Ley 4 de 2013 que estableció que los expedientes de los letrados pertenecen al Colegio; la Ley 5 que devolvió la facultad de expedir fianzas notariales y la administración del Fondo de Finanzas Notarial; y la Ley 6 que restituyó a la institución la facultad de recibir los ingresos producto de la venta del sello notarial.