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Por el Lcdo. Erick Vázquez González
La Comisión de Asuntos Municipales del Senado de Puerto Rico, que preside el senador José A. Santiago Rivera, llevó a cabo esta semana una vista pública para considerar el Proyecto del Senado 89.
¿De qué se trata esta medida? Es una iniciativa presentada por el Presidente del Senado, Thomas Rivera Schatz y que busca establecer la Ley de Apoyo a Sistemas Municipales con el propósito de que el gobierno central provea apoyo, tanto económico como operacional para escuelas municipales.
La exposición de motivos de la medida establece que con la ley se «presenta una iniciativa para que los municipios que cuenten con los recursos y la capacidad necesaria establezcan sus propios sistemas educativos».
La medida utiliza como base el Código Municipal de Puerto Rico que actualmente faculta a los municipios a proveer servicios esenciales dentro de sus jurisdicciones. De aprobarse esta medida, los ayuntamientos desempeñarán un rol importante dentro del sistema educativo del País, al permitirles crear y gestionar sus propias instituciones educativas y según se establece en la medida, «con el respaldo financiero y técnico del Gobierno Estatal».
La pieza legislativa establece varios propósitos como política pública, entre ellas: promover iniciativas municipales para mejorar la educación; reconocer la autonomía de los municipios sobre las escuelas; y fortalecer disciplinas básicas en áreas tales como ciencias, matemáticas e idiomas.
¿Cómo el Gobierno central apoyará estas escuelas municipales? Mediante asignaciones renovables de acuerdo a una fórmula que se establecerá; con financiamiento estatal a mejoras capitales para construir escuelas o ampliar o reparar las existentes; y donando terrenos o edificaciones que los municipios reclamen.
¿Cómo se constituirán estas escuelas a nivel municipal? Mediante un ordenamiento que apruebe en su momento -por Ordenanza- la Legislatura Municipal. No obstante, las escuelas estarán bajo la jurisdicción de lo que se conoce como el Consejo de Educación de Puerto Rico. La medida dispone además que las funciones directivas de las escuelas municipales serán ejercidas por una Junta Educativa que será designada por el Alcalde y confirmada por la Legislatura Municipal. De entre esos miembros de la Junta, el Alcalde escogerá un Presidente que fungirá además como Director Ejecutivo.
Estas escuelas contarán además con un Código de Educación que aprobará la Legislatura Municipal y que precisará la estructura de cada escuela, incluyendo los asuntos de currículo, que deberán cumplir con la Ley Federal de Educación Elemental y Secundaria de 1965.
El Código de Educación deberá además regular asuntos tales como: la duración del año escolar; la admisión de estudiantes; las normas de calificación; los requisitos para nombramiento y compensación de los maestros, entre otros.
La medida contiene disposiciones para permitir que se lleven a cabo auditorías fiscales y educativas para medir de manera continua el desempeño de estos sistemas educativos, y tuvo su evaluación en el Senado al recibir comentarios del Departamento de Educación y los gremios de Alcaldes de Puerto Rico.