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Aprueban proyecto para que familias adoptivas sean responsables por daños de menores

07 de enero de 2024
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La Cámara de Representantes aprobó esta semana en votación del pleno una propuesta para enmendar el Código Civil de Puerto Rico, a los fines de establecer balance equitativo entre los progenitores e incluir a los adoptantes como parte de la responsabilidad de la culpa o negligencia de sus hijos.

El Proyecto de la Cámara 1649, radicado por el mecanismo de petición y suscrito por el representante Luis Pérez Ortiz, contó con 38 votos a favor, nueve en contra y dos abstenidos al momento de su aprobación.

Lee el proyecto de ley.

En el análisis de la medida se explica que, en la actualidad, cuando se dictamina una sentencia de divorcio los padres comparten en igualdad de condiciones la patria potestad del menor o menores que sean frutos del matrimonio.

Esto incluye la responsabilidad compartida de velar por el bienestar del menor, alimentarlos, educarlos y procurar una formación integral. El tribunal determina quién será el encargado de la guarda y custodia del menor y cómo se llevarán a cabo las relaciones filiales, basado en el mejor bienestar del menor, dada la imposibilidad física de que ambos padres puedan ejercer la custodia del menor.  La norma establecida por la jurisprudencia establece que responderá el padre en cuya compañía se encuentre el menor al momento de ocurrir un daño, sea o no el padre custodio.

La medida expone que como regla general la custodia en Puerto Rico es adjudicada a la madre. Por tal razón, el porcentaje de la tenencia de la custodia de esta es mayor.

Por lo cual,  se afirma que el estado de derecho actual crea un desbalance en la responsabilidad de los padres al excluir a los adoptantes y adjudicar responsabilidad a quien tenga la custodia o tenencia física del menor al momento de los actos. Además, fomenta que una parte se encuentre en un riesgo constante de ser demandado y responder por la culpa o la negligencia del menor bajo su custodia. Sin embargo, el padre no custodio se encuentra libre de todo riesgo de responder ante la culpa o negligencia de su hijo/a.

La enmienda de ley busca que todas las personas responsables de los menores tengan la misma responsabilidad legal ante cualquier reclamación por hechos adjudicados a un menor.

Se aclara que los progenitores o adoptantes no son responsables de los daños que causan la culpa o negligencia de sus dependientes, si prueban que ejercieron la diligencia propia de una persona razonablemente prudente.

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