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El gobernador firmó el Proyecto del Senado 992, de la autoría del presidente del Senado José L. Dalmau, como la Ley Núm. 160-2024 para enmendar el Código de Rentas Internas de Puerto Rico de 2011 los fines de excluir del ingreso bruto la cantidad total de cualquier deuda condonada por concepto de préstamos estudiantiles por el Gobierno de los Estados Unidos.
El proyecto de ley, que fue aprobado por la Asamblea Legislativa en votaciones unánimes en ambos Cuerpos, dispone que no estará sujeto a contribución sobre ingresos, aquel que sea derivado de la condonación de deudas, en todo o en parte, si dicha condonación es de un préstamo estudiantil a nivel graduado o subgraduado y es condonado por el Gobierno de los Estados Unidos de América y la condonación es a tenor con una disposición de dicho préstamo que permita la condonación o si el contribuyente trabaja por un período de tiempo determinado en ciertas profesiones o para determinados patronos (que no sea el prestamista).
La medida explica que desde la pandemia del Covid-19, como medida de alivio para las personas que tienen deuda por concepto de préstamos estudiantiles, se han anunciado varias pausas en los pagos de los préstamos estudiantiles.
El 24 de agosto de 2022, el Presidente Joe Biden anunció la condonación de hasta veinte mil dólares ($20,000) para los estudiantes que hayan realizado estudios universitarios con el financiamiento público de la Beca Pell y diez mil dólares ($10,000) para aquellos que no hayan sido elegibles.
A su vez, también se anunció una extensión final en el pago de prestamos hasta el 31 de diciembre de 2022.
En ese contexto, aun cuando la Ley 1-2011, conocida como el Código de Rentas Internas de Puerto Rico de 2011, según enmendada, atiende la condonación de préstamos estudiantiles, la Asamblea Legislativa entendió necesario enmendar dicha disposición con el fin de aclarar que la exclusión del ingreso se aplicará a toda condonación de deuda de préstamos estudiantiles otorgada por el Gobierno Federal.