» Ir al portal nuevo de Microjuris    OK

Personas mayores de 60 podrán solicitar el voto adelantado por correo electrónico

14 de septiembre de 2020
COMPARTIR

Los adultos mayores podrán solicitar el voto adelantado personalmente en una Junta de Inscripción Permanente (JIP), enviando la solicitud por correo postal o a través del correo electrónico java@cee.pr.gov.

«Esa solicitud la pueden enviar por email o la pueden enviar por correo, o la pueden entregar en persona», explicó la licenciada Mayte Bayolo-Alonso de la Unión Americana de Libertades Civiles (ACLU, por sus siglas en inglés) en una transmisión en vivo de Microjuris.com.

La licenciada Bayolo-Alonso también destacó que las personas que presenten su solicitud de voto adelantado pueden escoger si quieren ejercer el voto adelantado en un colegio electoral o por correo postal.

Los adultos mayores podrán presentar su solicitud de voto adelantado hasta el 24 de septiembre de 2020, luego que el juez Pedro Delgado-Hernández del Tribunal Federal para el Distrito de Puerto Rico ordenara la extensión.

La determinación judicial del juez Delgado-Hernández también ordena una campaña de orientación por medios de comunicación.

NECESIDAD DE DIVULGAR

La licenciada Bayolo-Alonso destacó que la apertura del voto adelantado para los adultos mayores requiere mayores esfuerzos de divulgación.

«Como es una categoría adicional, tienes que educar al pueblo. No es suficiente que tengas la solicitud en la página de internet. Tienes que educar al pueblo para que el pueblo sepa que lo puede solicitar. De lo contrario, solo lo hubiese visto aquella persona que ya sabe que cualifica», puntualizó Bayolo-Alonso.

QUÉ SE PODÍA APELAR

Aunque la Comisión Estatal de Elecciones (CEE) decidió que no apelará la decisión que ordena la extensión, Bayolo-Alonso destacó que lo único que se podía apelar en un tribunal era la fecha de extensión para que los adultos mayores solicitaran el voto adelantado.

Sin embargo, sostuvo que la decisión de integrar a los adultos mayores como una categoría que podía solicitar el voto adelantado no era apelable.

Desde el 25 de agosto, los comisionados y las comisionadas electorales decidieron de forma unánime la categorización de los adultos mayores para permitirles el voto adelantado.

¿Aún no estás suscrito(a) a Microjuris? Hazlo aquí. ¿Necesitas cumplir con tus créditos de Educación Jurídica Continua? Hazlo en nuestra sección de cursos en línea.

Powered by Microjuris.com