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Al Supremo federal contra el plebiscito

13 de agosto de 2024
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Por Daniel Rivera Vargas

Un caso que lleva el nombre de Juan Dalmau Ramírez, candidato a la gobernación por la llamada Alianza entre el Partido Independentista Puertorriqueño (PIP) y el Movimiento Victoria Ciudadana, pero que aseguran no fue presentado por el exsenador pipiolo, busca que el Tribunal Supremo de Estados Unidos intervenga en el plebiscito de estatus del próximo 5 de noviembre.

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La petición de 12 páginas —que con sus anexos asciende a 152— argumenta que la consulta es ilegal porque no se incluyó la opción de un Estado Libre Asociado incorporado.

«¿La papeleta del plebiscito de 2024 en Puerto Rico viola los derechos constitucionales federales de libertad de expresión y de asociación del peticionario y del electorado al no incluir una columna que permita votar por la incorporación del Estado Libre Asociado junto a las ya incluidas opciones de estadidad, independencia y libre asociación?», es el cuestionamiento que se hace al alto foro por el licenciado, quien en el 2020 fue certificado como candidato a la comisaría residente por el Partido Popular Democrático (PPD).

La petición de 12 páginas —que con sus anexos asciende a 152— argumenta que la consulta es ilegal porque no se incluyó la opción de un Estado Libre Asociado incorporado.

El documento señala que la incorporación de territorios es parte de la tradición constitucional estadounidense y que, incluso, es un tema discutido en los casos insulares.

«El Gobierno de Puerto Rico excluye de la papeleta del Plebiscito de 2024 una opción de estatus político que es expresamente reconocida por el Derecho Constitucional estadounidense – el estatus territorial incorporado – e incluye otras dos opciones que no tienen cabida en el Derecho en el Derecho Constitucional Americano -la independencia y la libre asociación. Estas dos últimas opciones están definidas por el Derecho Internacional, pero no por el Derecho estadounidense. Este Tribunal está obligado por la Constitución de Estados Unidos para determinar qué es el Derecho Constitucional Americano, que es preferente a cualquier forma de Derecho Internacional en cualquier territorio bajo soberanía americana. Ese es el caso de Puerto Rico», reza el recurso de Albors.

Según Albors, el Tribunal Supremo federal tiene jurisdicción porque existe un cuestionamiento importante de derecho federal que debe ser resuelto por ese tribunal. El licenciado solicita que se ordene a la Comisión Estatal de Elecciones (CEE) incluir una columna adicional para el ELA incorporado, y alega que «Estadolibristas Unidos está siendo discriminado» al no incluirse su fórmula de estatus.

No fue posible anoche contactar al licenciado Albors.

En una entrevista anoche, Carlos Gorrín Peralta, profesor de derecho constitucional y uno de los abogados del PIP, aclaró que Dalmau Ramírez no tiene ninguna relación con este recurso presentado ante el Tribunal Supremo de Estados Unidos.

Aclaró que el caso lleva el nombre de Dalmau Ramírez porque el caso original fue presentado ante el Tribunal Supremo de Puerto Rico por su candidato a la gobernación y otras figuras del PIP.

Sin embargo, señaló que no tienen nada que ver con este argumento de Albors y Estadolibristas Unidos ante el Supremo federal. No obstante, como el caso se originó con el líder del PIP, se mantuvo su nombre.

Gorrín Peralta dijo que la demanda pipiola ante el Supremo de Puerto Rico plantea seis controversias diferentes, pero ninguna es la que plantea el licenciado Albors y el caso todavía no ha sido resuelto por el Supremo de Puerto Rico.

Procesalmente, dijo Gorrín Peralta, el caso pipiolo ante el Supremo de Puerto Rico se encuentra a la espera de los alegatos del gobierno por lo que no hay una decisión final.

Explicó el profesor que como parte de ese pleito del PIP el licenciado Albors pidió intervenir como Amigo de la Corte, como lo hicieron otros como el candidato a comisionado residente William Villafañe- y el Supremo de Puerto Rico les dijo a todos que no. Pero entonces Albors usó ese «No ha lugar» a su pedido de Amigo de la Corte para ir directamente al Supremo federal, aun cuando no hay un «final judgement» que le podría dar jurisdicción a la corte estadounidense.

«Es un disparate... No hay jurisdicción de la Corte Suprema... van a emitir una resolución de una sola palabra: denied», indicó Gorrín Peralta.

El profesor recordó también que el Supremo de Estados Unidos declara no ha lugar cerca de 7,000 solicitudes de certiorari al año.

Añadió que una opción para Albors podría ser radicar una demanda ante el Tribunal de Estados Unidos para el Distrito de Puerto Rico, aunque también dijo que le ve pocas posibilidades a ese pleito.

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