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Analizan deducción contributiva por vacunación de mascotas

13 de mayo de 2024
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El representante Roberto Rivera Ruiz de Porras presentó una propuesta legislativa que estará ante la consideración de la Cámara de Representantes con el propósito de enmendar el Código de Rentas Internas para un Nuevo Puerto Rico.

Se trata del Proyecto de la Cámara 2151, que busca conceder una deducción contributiva para aquellas personas que presenten evidencia del certificado de vacunación de sus mascotas.

 

Puedes acceder al proyecto aquí

De acuerdo con la exposición de motivos de la medida, en Puerto Rico cada día son más los animales sin dueño que se reproducen por las calles, lo cual ha generado una sobrepoblación de animales realengos. Señala también  que aunque existen varias organizaciones sin fines de lucro que realizan un gran esfuerzo por ayudar a estos miles de animales que se encuentran abandonados en las calles, los mismos no dan abasto.

El autor de la medida afirma que cuando se trata de mascotas que no se encuentran vacunadas, se exponen al contagio de enfermedades que, a su vez, puedan ser transmitidas al ser humano o de no estar esterilizada o castrada, pudiesen además contribuir a la problemática existente en nuestras calles.

A esos efectos, esta legislación propone incentivar a las familias a que cumplan con la obligación impuesta de promover la seguridad física y bienestar de las mascotas a través de una deducción especial al momento de cumplir con su responsabilidad contributiva. De este modo, contribuirán también a que, en la eventualidad de que la mascota se pierda o sea abandonada, no se convierta en un problema de salud pública.

El proyecto dispone que anualmente, y comenzando en el ciclo del año contributivo correspondiente al 2024, se estaría admitiendo en el caso de individuos, una deducción fija de quinientos dólares ($500) por hasta una (1) mascota que haya sido castrada o esterilizada y cuente con sus vacunas al día.

En el caso de individuos que al final del año contributivo su estado personal sea, casados que rinden planillas por separado, casados con capitulaciones y los casados que no vivían con su cónyuge, cada individuo podrá tomar la mitad de esta deducción, a no ser que ambos consientan por escrito a que solo uno de ellos tome la cuantía en su totalidad.

A su vez, establece como requisitos para poder reclamar dicha deducción, que la mascota debe haber sido esterilizada o castrada, según sea el caso, dentro de los parámetros de edad recomendados por un médico veterinario autorizado y licenciado; y tener además todas las vacunas recomendadas vigentes durante el año contributivo para el cual se reclama la deducción, incluyendo la vacuna contra la rabia.

Asimismo, dispone que una vez la mascota sea esterilizada o castrada, según sea el caso, y así sea acreditado por el médico veterinario que expida el certificado de vacunación contra la rabia, bastará cumplir con el requisito de vacunas para poder reclamar esta deducción.

La medida fue referida a la Comisión de Hacienda y Presupuesto de la Cámara para su evaluación.

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