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Apelaciones rechaza petición para encontrar en desacato a la Junta de Planificación

10 de febrero de 2022
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El Tribunal de Apelaciones rechazó atender la petición del Comité Pro-Seguridad ARRAQ y Arespa para que encontrara en desacato a la Junta de Planificación por esta notificar, mediante Resolución, que el Reglamento Conjunto 2020 continúa vigente hasta tanto se exprese el Tribunal Supremo de Puerto Rico con relación a un caso que está pendiente ante su consideración.

El Tribunal de Apelaciones se declaró sin jurisdicción, en respuesta a la Moción Urgente presentada por el abogado William Vázquez como representante legal de la parte recurrente, por ser un foro intermedio que no interviene en los trámites ulteriores de los casos.

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El presidente designado, planificador Julio Lassús Ruiz, explicó que el Reglamento Conjunto 2020 continúa vigente hasta tanto sea adjudicado el otro caso que está ante el Tribunal Supremo. "Hemos sido enfáticos en que, ante el escenario actual, sería un error interpretar la nulidad del Reglamento Conjunto 2020.

Por otra parte, todavía se encuentra ante la consideración del Tribunal Supremo otro caso que incide directamente sobre las sentencias del Tribunal de Apelaciones. Se trata de una petición de certiorari (CC-2021-0418), en la que se está solicitando la revocación de la determinación del Tribunal de Apelaciones por falta de jurisdicción, ya que la recurrente falló al no acumular al DDEC/OGPe como parte indispensable en su recurso de impugnación.

El presidente designado había expresado que el caso bajo evaluación del Supremo es crítico en cuanto a lo que sería la determinación final con relación a la vigencia o nulidad del Reglamento Conjunto 2020, por lo que se instruía a ciudadanos y profesionales a continuar refiriéndose por el momento al documento como el estado actual de derecho y el marco regulatorio que persiste. "No debe haber espacio para confusión ni desinformación entre los ciudadanos y los grupos profesionales en este momento", subrayó el presidente.

Recientemente, el Tribunal Supremo de Puerto Rico nuevamente declaró un No Ha Lugar a la segunda solicitud de reconsideración de la Junta de Planificación (JP) en torno a la sentencia de nulidad del Reglamento Conjunto 2020, emitida por el Tribunal de Apelaciones.

El recurso legal en el Tribunal de Apelaciones había sido presentado el 31 de marzo de 2021 por el Comité Pro-Seguridad de las organizaciones ARRAQ y ARESPA. Estas organizaciones representan los residentes en las urbanizaciones Alturas del Remanso y Quintas de Cupey, Paraná, Villas del Paraná, El Remanso, Quintas de Cupey Garden Apartments y El Escorial, del municipio de San Juan.

Junta de Planificación se sostiene

El 28 de enero, justo después de la decisión del Tribunal Supremo, la Junta de Planificación emitió la resolución JPI-39-09-2022, que determina que el Reglamento Conjunto 2020 sigue vigente a pesar de la decisión del Supremo.

"El efecto de la denegatoria del Tribunal Supremo de expedir dichos autos y la posterior notificación de los mandatos es únicamente la confirmación de que las sentencias del Tribunal de Apelaciones advinieron finales y firmes. No obstante, tales denegatorias no implican posición alguna del Alto Foro respecto a los méritos de la causa sobre la cual trataban dichos recursos, ni resolvieron implícitamente cuestión alguna contra la Junta de Planificación a los efectos de cosa juzgada", reza el documento del JP.

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