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El Senado de Puerto Rico aprobó en sesión del 16 de diciembre la Resolución Conjunta de la Cámara 649, incluida por el Gobernador Pedro R. Pierluisi en su Convocatoria a la Tercera Sesión Extraordinaria de este cuatrienio.
La medida legislativa, de la autoría del representante Ángel Matos García, establece el marco legal para el redesarrollo de la antigua Estación Naval de Roosevelt Roads, adoptando como Plan de Desarrollo Maestro el Plan de Reuso de 2004 y su actualización de 2010. Se asegura que este plan integra estrategias para reutilizar infraestructuras y terrenos de manera sostenible, promoviendo la conservación ambiental y el desarrollo económico en la región noreste de Puerto Rico.
Además, se deroga el Reglamento de Ordenación Territorial y la Forma Urbana de la Antigua Estación Naval de Roosevelt Roads de 2014 (ROTFU) y el Plano del ROTFU 2014, que según se afirma, contravenía los acuerdos entre la Marina de los Estados Unidos y la Autoridad para el Redesarrollo de Roosevelt Roads.
La medida afirma que, en violación a lo acordado con la Marina, el ROTFU no estableció una zona de amortiguamiento entre las áreas de redesarrollo y de conservación como se había previsto en la actualización al Plan de Reúso del 2010 y representado gráficamente como zonas amortiguamiento y conectividad en el Plan Maestro del 2010.
Además, el ROTFU calificó como de conservación sobre 1,200 acres adicionales a los ya transferidos al DRNA y a las áreas de amortiguamiento y conectividad del Plan de Reúso, lo cual hizo a costa de las áreas desarrollables de la Estación Naval, respecto a las cuales la Autoridad tiene un mandato de desarrollo del Gobierno Federal y de la Asamblea Legislativa y por las cuales está obligada a pagar $16,540,000 a la Marina de los Estados Unidos.
Se indica que de no desarrollarse los terrenos según acordado con la Marina, que es lo que pasaría si no se deroga el ROTFU, la Autoridad tendrá que pagar a la Marina el 75% de lo obtenido sobre esos $16,540.000, lo cual se afirma que para todos los fines cancelaría el beneficio del redesarrollo de la Estación Naval para el estado.
Mediante la resolución conjunta aprobada, la Asamblea Legislativa adopta el Plan de Reúso del 2004 según actualizado en 2010, afirmando que es lo acordado entre la Marina y la Autoridad, objeto de extensa evaluación ambiental y lo que determinará el beneficio del redesarrollo no solo para la comunidad, sino también para el estado.
Con esta aprobación, se reconocen las zonas de amortiguamiento y conectividad allí establecidas como transición entre los terrenos de conservación y de desarrollo como las que se implantarán por la Junta de Planificación.
Descarga la Resolución Conjunta de la Cámara 649
También se afirma que la Marina transfirió al Departamento de Recursos Naturales y Ambientales (DRNA) terreno para uso público y conservación con la intención de minimizar el impacto del redesarrollo, por lo cual ese impacto futuro debe considerarse debidamente mitigado por las transferencias de más de 3,000 acres que ocurrieron en el 2008 y el 2014.
Asimismo, asegura el autor de la medida, la evaluación ambiental realizada por la Marina con la participación de agencias locales y federales es suficiente para determinar cumplimiento ambiental. Por último, dado que los terrenos para desarrollo económico fueron desafectados durante los más de sesenta años (60) de tenencia por la Marina de los Estados Unidos y fueron transferidos sin dominio público, no es necesario deslindarlos.
Se asegura que los planes aprobados en 2004 y 2010 ya cumplieron con extensos procesos de evaluación ambiental, lo que elimina la necesidad de nuevas evaluaciones. También se destacan transferencias de terrenos para conservación y uso público al DRNA, medidas destinadas a mitigar los impactos ambientales del redesarrollo.
La resolución otorga 90 días a la Junta de Planificación para formalizar la adopción del plan maestro, actualizar las bases de datos y mapas, e incluir las zonas de amortiguamiento y conectividad establecidas en 2010. Asimismo, no se impondrán medidas de mitigación adicionales al desarrollo, respetando las áreas transferidas al DRNA.
Una vez la Junta de Planificación adopte el Plan de Reúso de 2004 y actualizado en 2010 como el Plan de Desarrollo Maestro para la Estación Naval, que será la calificación de la zona, éste se considerará como cualquier otro plan maestro autorizado antes de aprobarse la Ley Núm. 161-2009 según enmendada, conocida como «Ley de Reforma de Permisos», con lo cual no expirará y estará sujeto a redistribución mientras se observen los usos y densidades que contempla.
El DRNA podrá imponer el dominio público en los terrenos sobre los cuales recibió titularidad y administra y, en todo caso, habiéndolos recibido para conservación y uso público, establecerá allí acceso a la playa en atención a las características de la zona costera y los hábitats allí presentes, para lo cual considerará tanto la preservación que ameritan las especies protegidas del área, como el riesgo que puedan representar a la seguridad del público las áreas de promontorios rocosos y los parajes de difícil acceso.
Por último, la Oficina de Gerencia y Permisos no requerirá una nueva evaluación ambiental para emitir determinación de Cumplimiento Ambiental para pasar a la fase de permisos para el Redesarrollo de la Estación Naval.
La Resolución Conjunta de la Cámara 649 fue aprobada sin enmiendas en el Senado, por lo que pasa a la consideración del Primer Ejecutivo para su firma o veto.