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El Senado aprobó esta semana establecer la política pública del gobierno sobre el depósito de cenizas de carbón al dar paso al Proyecto del Senado 81. Este decreta la prohibición del deposito o almacenamiento de cenizas o residuos de combustión de carbón por más de 180 días en todas las vías, terrenos, vertederos y cuerpos de agua en la Isla.
Con la aprobación del Proyecto del Senado 81 se prohíbe almacenar cenizas de carbón o residuos de combustión de carbón en Puerto Rico por un periodo mayor de 180 días a partir del momento de producción. Esta prohibición no aplica al almacenamiento controlado en tanques y silos, para la manufactura de cemento, hormigón y/o concreto previo a su uso y cualquier otro uso comercial beneficioso según establecido por las agencias de Gobierno, reguladoras estatales y federales. También, se dispone que la Junta de Calidad Ambiental (JCA) establecerá por reglamento las circunstancias particulares para el almacenamiento durante el periodo permitido, dispensas y cualquier otro requisito. El cual no se podrá extender por más de un año.
El problema se originó a través de una enmienda, que gestionó la pasada administración, al contrato entre AES Puerto Rico y la Autoridad de Energía Eléctrica (AEE). Seilhamer indicó que «fue claramente para resolverle un problema a AES", quienes no tenían forma de manejar estos residuos de carbón y esto constituyó un ahorro al no tener que sacarlos fuera de la Isla», como hacían anteriormente.
No obstante a esto, el Vicepresidente adelantó que la política pública de la administración del gobernador Ricardo Roselló sí dará paso a otros proyectos legislativos que contemplarían los usos beneficiosos y comerciales de las cenizas del carbón con un enfoque sobre el calentamiento global y el desarrollo económico de esta materia prima.
Asimismo, la pieza favorecida prohíbe el depósito y disposición de estas cenizas o residuos de combustión de carbón en todas las vías, terrenos, vertederos, cuerpos de agua y sistemas de relleno sanitario en la Isla. Quienes incurran en violación a las prohibiciones dispuestas incurrirá en delito grave y se le impondrá una multa no menor de $25 mil por cada día que subsista la violación o pena de cárcel por un término de cinco años, según disponga el Tribunal.
Por su parte, el presidente de la Comisión de Salud Ambiental, Carlos Rodriguez Mateo agradeció a todas las organizaciones ambientales, personas y comunidades que colaboraron durante las audiencias públicas porque el proyecto fue un conglomerado de todas sus colaboraciones.
Según el informe positivo de la medida, emitido por la Comisión Senatorial, en Puerto Rico se mantenía una prohibición tácita para el depósito de los residuos de combustión de carbón para la producción de energía. Al pasar los años, la AEE, en miras a eliminar la dependencia del petróleo de energía, otorgó un acuerdo de compra de energía y operación con la cogeneradora AES la cual utiliza carbón mineral como combustible para producir electricidad. En dicho acuerdo se estableció por ambas partes que los residuos de combustión de carbón producidos por la operación de las de AES que no fueran utilizados en usos comerciales beneficiosos no serían almacenados por un periodo mayor de 180 días en cualquier lugar de Puerto Rico. En el 2015, la AEE enmendó el Acuerdo de Compra de Energía y Operación para permitir la disposición y almacenamiento de los residuos de combustión de carbón producidos por la operación de AES en Puerto Rico.
Como parte del proceso de evaluación del proyecto senatorial la Comisión de Salud Ambiental y Recursos Naturales visitó las facilidades de AES Puerto Rico y el vertedero industrial Peñuelas Valley Landfill.