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Aprueban enmiendas a la ley de turismo médico en el último día de sesión extraordinaria

26 de diciembre de 2020
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Durante el último día de la séptima sesión extraordinaria, los cuerpos legislativos llegaron a un acuerdo sobre las enmiendas propuestas a la Ley de Turismo Médico de Puerto Rico.

El Proyecto de la Cámara 2382, incluido en la convocatoria de la gobernadora Wanda Vázquez Garced, incluye enmiendas sobre la promoción y desarrollo de la industria del turismo médico. 

La medida dispone que la secretaría del Departamento de Desarrollo Económico y Comercio (DDEC) tendrá los poderes y facultades convenientes y necesarios para implantar la ley y especifica los procedimientos para la expedición de certificaciones para actividades e instalaciones de este tipo de turismo. 

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La medida, de la autoría del representante Víctor L. Parés, establece el Programa de Turismo Médico para que esté adscrito al Departamento de Desarrollo Económico y Comercio. 

La medida señala que la Oficina de Gerencia de Permisos le dará prioridad a toda iniciativa del sector público o privado para desarrollar infraestructura, facilidades e instalaciones de turismo médico en lo relacionado al otorgamiento de permisos de construcción, de acuerdo con los parámetros establecidos.

En caso de emergencia pública, el Estado le podrá pedir a la Oficina de Gerencia de Permisos que examine y expida los permisos necesarios conforme a derecho para realizar cualquier obra de interés público apremiante relacionada con infraestructura, facilidades e instalaciones de turismo médico. 

En caso de una emergencia declarada por la gobernadora o el gobernador de Puerto Rico, las agencias del Estado podrán obviar las disposiciones de esta Ley en el otorgamiento de permisos, certificaciones y licencias relativos a infraestructura, facilidades e instalaciones de turismo médico.

De igual forma, se afirma que ninguna de las disposiciones de esta ley eximen a las facilidades o instalaciones de los procesos de acreditación y licencias a nivel estatal o federal. 

Además, tampoco exime a los profesionales de obtener las licencias necesarias para la práctica de la profesión de la salud.

Entre los requisitos mínimos para certificar una actividad, facilidad o instalación como turismo médico se encuentran, sin limitarse a acreditación del Joint Comission, proveedores médicos Board Certified, endoso o certificación de salud y turístico, personal dedicado al programa con dominio del idioma español e inglés.

Conoce todas las enmiendas aprobadas a la ley de turismo médico descargadno la medida: Proyecto de la Cámara 2382

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