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Aprueban legislación para extender beneficios de salud a oficiales correccionales

21 de marzo de 2022
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La Legislatura llegó a acuerdos sobre el Proyecto del Senado 208 para aprobar cambios a la Ley 72-1993, según enmendada, conocida como Ley de la Administración de Seguros de Salud de Puerto Rico a los fines de incluir a los miembros del Cuerpo de Oficiales de Custodia del Departamento de Corrección y Rehabilitación dentro de los beneficios elegibles en el Plan de Salud del Gobierno de Puerto Rico.

La medida dispone que podrán ser beneficiarios los miembros del Cuerpo de Oficiales de Custodia del Departamento de Corrección y Rehabilitación, sus cónyuges e hijos menores de edad.  Este beneficio se mantendrá vigente cuando el Oficial de Custodia del Departamento de Corrección y Rehabilitación falleciere por cualquier circunstancia, mientras el cónyuge supérstite permanezca en estado de viudez y los hijos sean menores de veintiún (21) años de edad o aquellos mayores hasta veinticinco (25) años de edad, que se encuentren cursando sus estudios postsecundarios.

El Departamento de Corrección y Rehabilitación consignará en su presupuesto de gastos los fondos para mantener vigente el plan de salud para estos beneficiarios, mediante una aportación equivalente a la aportación patronal que recibía el miembro del Cuerpo de Oficiales de Custodia al momento de fallecer para beneficios de salud.

La medida fue respaldada por el Departamento de Salud, cuyo Secretario el Dr. Carlos Mellado  expuso que actualmente todas las personas tienen el derecho a solicitar los beneficios de Medicaid/Plan de Salud del Gobierno de Puerto Rico. Explicó además que, las personas que después de evaluadas resulten excluidos bajo las guías federales para los Programas de Medicaid y CHIP, son examinadas según los estándares económicos dispuestos por el estado para cubrir a la población adicional, estos se conocen como elegibles estatales.  La única forma para concederle a personas declaradas inelegibles para ser partícipes del Plan de Salud del Gobierno Vital, es que el estado, en este caso Puerto Rico, identifique una fuente de dinero suficiente y recurrente para cubrir el beneficio conferido.

Por su parte la, Administración de Seguros de Salud (ASES) representada por su Director Ejecutivo, Jorge E. Galva, indicó que el objetivo perseguido por la medida había sido considerado previamente y que la Junta de Supervisión Fiscal la tiene ante su análisis debido al impacto económico que representaría la iniciativa. Por otra parte, mencionó que existen formas legales vigentes en la actualidad que posibilitan que los oficiales correccionales puedan acogerse al Plan Vital, por tanto, no endosan el Proyecto del Senado 208.

ASES indica que de acuerdo a un análisis realizado a finales del 2020, la cuantía de personas a ser impactadas era de nueve mil trescientas treinta y una (9,331) personas, ya que se incluye al empleado y a sus dependientes directos.

El Proyecto del Senado 208, de la autoría de la senadora Marially González Huertas, fue aprobado por ambos Cuerpos Legislativos y será enviado al gobernador Pedro Pierluisi para su firma o veto.

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