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Aprueban ley que obliga uso de medios electrónicos en adjudicaciones

20 de mayo de 2025
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La Gobernadora Jenniffer González Colón firmó el Proyecto del Senado 44 para aprobar la nueva Ley 16-2025. El nuevo estatuto  autoriza expresamente la presentación de querellas, peticiones, solicitudes y notificaciones a través de correo electrónico o cualquier otra herramienta tecnológica disponible libre de costo para el público en los trámites administrativos ante agencias. El proyecto de ley es de la autoría del Presidente del Senado Thomas Rivera Schatz y la senadora Joanne Rodríguez Veve del Partido Proyecto Dignidad.

La nueva ley enmienda la Ley de Procedimiento Administrativo Uniforme del Gobierno de Puerto Rico, a los fines de disponer que estas presentaciones electrónicas será consideradas como documentos certificados por la agencia que los reciba o emite, respectivamente.

La exposición de motivos de esta nueva disposición resalta la necesidad de adaptar los procesos administrativos a los adelantos tecnológicos del siglo XXI. Destaca que, mientras el sistema judicial ha avanzado significativamente en la radicación electrónica mediante el Sistema Automatizado de Manejo y Administración de Casos (SUMAC), los procesos administrativos aún carecen de una infraestructura tecnológica uniforme para permitir la presentación electrónica de documentos. Esta situación limita la eficiencia, encarece las gestiones y reduce el acceso a la justicia administrativa.

Descarga la Ley 16-2025

Nuevas obligaciones y mecanismos tecnológicos

La principal innovación de esta legislación es la obligación impuesta a las agencias gubernamentales de implementar sistemas electrónicos para la presentación y notificación de documentos en procedimientos adjudicativos. La ley establece:

  • Las agencias deberán permitir que las querellas, peticiones o solicitudes puedan radicarse por correo electrónico o herramientas tecnológicas desarrolladas por la agencia o el gobierno.
  • Una vez iniciado un procedimiento adjudicativo, todos los documentos podrán presentarse electrónicamente y serán considerados como certificados al ser recibidos o emitidos por la agencia.
  • Las notificaciones también podrán enviarse electrónicamente, siempre que los ciudadanos hayan provisto una dirección válida de correo electrónico. Si se usan varios métodos, los términos procesales comenzarán a contar desde la fecha de notificación electrónica o depósito postal, lo que ocurra primero.
  • Será obligatorio incluir una dirección electrónica en la primera comparecencia de las partes.
  • Se habilita el uso de firmas electrónicas en los documentos presentados conforme a esta sección.

Flexibilidades para quienes no tengan acceso tecnológico

Reconociendo las brechas de acceso digital, la ley también contempla mecanismos alternos para personas que no tengan acceso a herramientas electrónicas. Estas podrán continuar utilizando los métodos tradicionales, como la radicación personal o el correo ordinario. Específicamente, se dispone que ciudadanos que comparecen por derecho propio podrán escoger entre notificación electrónica o por correo, según sus capacidades tecnológicas.

Rol de la Puerto Rico Innovation and Technology Service (PRITS)

La ley establece que PRITS asistirá a las agencias en la implementación de las herramientas tecnológicas necesarias, en cumplimiento con sus funciones. Este apoyo será fundamental para garantizar que las soluciones adoptadas cumplan con estándares de seguridad, funcionalidad y accesibilidad.

Implementación y vigencia

La ley ordena a las agencias adoptar, enmendar o sustituir los reglamentos necesarios para cumplir con estas disposiciones dentro de los 90 días siguientes a la aprobación. La legislación entra en vigor de forma inmediata, lo que implica un período transitorio acelerado para la adopción de medidas tecnológicas y administrativas.

Se afirma que para las agencias, representa un mandato claro de modernización y eficiencia, con beneficios potenciales en reducción de costos y mayor trazabilidad. Para la ciudadanía, particularmente personas con acceso a medios electrónicos, se abre una vía más ágil, económica y accesible para participar en procesos administrativos.

Además, al establecer que los documentos electrónicos se considerarán como certificados, la ley otorga plena validez legal a estas presentaciones, armonizándolas con el marco de transacciones electrónicas vigente.

 

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