» Ir al portal nuevo de Microjuris    OK

Aprueban registro voluntario para adultos mayores solos y personas encamadas

24 de mayo de 2025
COMPARTIR

Nota de la editora: ¿quieres estar al día con lo que sucede en la legislatura? Te invitamos a registrarte en nuestro boletín.

En votación unánime, el Senado de Puerto Rico dió paso al Proyecto del Senado 94, que ordena crear la Ley de Registro de Personas Adultos Mayores que Vivan Solas y de Personas Encamadas, como un registro voluntario, administrado por el Negociado para el Manejo de Emergencias y Administración de Desastres (NMEAD), adscrito al Departamento de Seguridad Pública.

Este registro recogerá información relevante sobre adultos mayores que vivan solos y personas encamadas, para facilitar una respuesta más eficaz ante situaciones de emergencia. Entre las entidades que colaborarán en su implementación se encuentran los municipios, la Oficina del Procurador de las Personas de Edad Avanzada, la Defensoría de las Personas con Impedimentos, el Departamento de la Familia y el Departamento de Salud. Además, se establece que el diseño metodológico y validación de datos estará a cargo del Instituto de Estadísticas.

La iniciativa responde a la creciente preocupación por la vulnerabilidad de estas poblaciones en situaciones de emergencia, como huracanes, terremotos y otros desastres naturales, recordando los efectos devastadores de fenómenos recientes como los huracanes Irma y María, así como la actividad sísmica en el suroeste de Puerto Rico desde 2019.

Puedes ver el Proyecto del Senado 94 aquí

La medida, de la autoría del Presiente del Senado Tomas Rivera Schatz, destaca el rápido envejecimiento poblacional de la Isla. Según datos del Instituto de Estadísticas de Puerto Rico y el U.S. Census Bureau, la población de personas de 65 años o más duplica la de menores de 15 años. Entre 2022 y 2023, el índice de envejecimiento aumentó un 25%, lo que subraya la urgencia de políticas públicas dirigidas a este sector.

La parte dispositiva de la medida establece que el registro incluirá, como mínimo, el nombre completo, edad, dirección física, teléfonos de contacto, información de emergencia, condiciones de salud y otros datos pertinentes. La inclusión en el registro será voluntaria y requerirá consentimiento informado del ciudadano o su representante legal.

La ley establece protecciones estrictas en cuanto al uso de la información, garantizando su confidencialidad y restringiendo su utilización exclusivamente a fines de planificación y respuesta ante emergencias. Se prohíbe expresamente el uso del registro para propósitos políticos o comerciales, imponiendo sanciones por divulgación indebida.

El proyecto también dispone que el proceso de inscripción sea accesible, incluyendo formularios en línea, atención telefónica, visitas presenciales y servicios en oficinas municipales. Asimismo, el NMEAD deberá llevar a cabo campañas educativas para orientar a la población sobre el propósito del registro, los derechos de los ciudadanos y los medios de inscripción disponibles.

La medida legislativa pasa ahora a la consideración de la Cámara de Representantes.

Powered by Microjuris.com