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[DOCUMENTOS] Atienden objeciones de la Junta de Supervisión Fiscal sobre contrataciones en el gobierno durante emergencia

27 de marzo de 2020
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La gobernadora Wanda Vázquez Garced promulgó la Orden Ejecutiva OE-2020-027 para derogar una orden previa que eximió a las agencias e instrumentalidades del gobierno de ciertos requisitos de contratación durante el estado de emergencia.

La nueva Orden Ejecutiva 2020-27 sustituye el Boletín Administrativo OE-2020-010 promulgado el 17 de enero de 2020 el cual fue objetado por la Junta de Supervisión Fiscal y la Autoridad de Asesoría Financiera y Agencia Fiscal de Puerto Rico. El nuevo Boletín Administrativo expone que luego de un proceso de dialogo con dicho organismo, se han alcanzado varios acuerdos que atienden sus preocupaciones, mientras que se permite a las entidades gubernamentales pertinentes actuar de manera expedita ante la emergencia actual.

La OE-2020-27 establece que ante el estado de emergencia que vive el país, se hace necesario eximir a los contratistas y determinadas agencias de cumplir con cualquier requisito por ley, reglamento, orden administrativa o directriz aplicable que regule los procesos de contratación gubernamental únicamente para asuntos relacionados a la emergencia. Dicha exención solo será aplicable a aquellos contratistas y agencias que luego de esfuerzos razonables, y a raíz de las circunstancias provocadas por el estado de emergencia, se vean imposibilitados de cumplir con los formalismos aplicables, previo o coetáneamente al momento de llevar a cabo la contratación. Dichas gestiones deberán hacerse constar en el contrato a otorgarse.

Además, se establece que los términos y condiciones de la obligación deberán constar por escrito, con especificación de la fecha del otorgamiento y vigencia, objeto de la obligación, monto total y las firmas de las personas autorizadas para suscribirla. Además, se establece que cualquier contrato otorgado en virtud de esta Orden Ejecutiva (incluyendo cualquiera que se pueda haber otorgado al amparo de la OE-2020-10) solo podrá tener vigencia hasta el 15 de abril de 2020.

Por último, la Orden Ejecutiva limita el término «agencia» al Departamento de Educación, el Departamento de Salud y demás entidades adscrita al mismo, el Departamento de Seguridad Pública y los negociados adscritos al mismo, la Autoridad de Edificios Públicos, el Departamento de Transportación y Obras Públicas, la Autoridad de Carreteras y Transportación y la Autoridad para el Financiamiento de la Infraestructura de Puerto Rico.

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