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Aprueban aumentos en compensaciones por accidentes de trabajo

31 de octubre de 2023
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El Senado de Puerto Rico, esta semana aprobó por unanimidad una medida de administración que propone enmendar la Ley del Sistema de Compensaciones por Accidentes del Trabajo a los fines de aumentar los beneficios de compensación por incapacidad transitoria (dietas) y autorizar al administrador para realizar ajustes por costo de vida para todos los pagos por incapacidad que permite la ley.

Se trata del Proyecto del Senado 1259, que fue presentado por la delegación del Partido Nuevo Progresista, y que fue aprobado con enmiendas de sala. 

Puedes leer el PS1259 aquí

Los beneficios de compensación económica que provee el Sistema de Compensaciones por Accidentes del Trabajo tienen como propósito primordial remediar, en parte, la pérdida de ingresos de los trabajadores que sufren alguna lesión o enfermedad en el curso del trabajo y/o como consecuencia de este.

El sistema provee al obrero lesionado ayuda económica durante su período de incapacidad transitoria para que éste pueda sostenerse económicamente hasta que se reintegre al mundo laboral. De igual forma, provee compensación económica para atender la pérdida de ingresos del trabajador que sufre lesiones incapacitantes o muerte como resultado de un accidente del trabajo o enfermedad ocupacional.

Se indica que el Gobierno de Puerto Rico ha implementado diferentes aumentos en los beneficios por incapacidad transitoria para los lesionados. En ese contexto, la Ley Núm. 97 de 10 de julio de 1986, aumentó el beneficio semanal por incapacidad transitoria (dietas), a un máximo de sesenta y cinco ($65) dólares. También, la Ley Núm. 257 de 7 de septiembre de 2004 incrementó el pago por concepto de incapacidad transitoria a un máximo de cien ($100) dólares y un mínimo de treinta ($30) dólares. Desde esta fecha, no se registran aumentos en estas compensaciones.

La medida autoriza aumentos inmediatos y autoriza a la Corporación del Fondo del Seguro del Estado para que cada tres (3) años, pueda realizar un ajuste por costo de vida, a todos los pagos por incapacidad, de conformidad con las necesidades de los lesionados a los beneficios dispuestos en esta ley.  En el caso de la incapacidad transitoria, cualquier ajuste se hará con posterioridad al 1 de enero de 2027.

Este proyecto ahora deberá pasar a la Cámara de Representantes para su consideración. 

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