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Avanza la aprobación de ley para reglamentar la terapia atlética

11 de junio de 2024
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El Senado dió paso al Informe de Conferencia para la aprobación de la Ley para reglamentar la práctica en terapéutica atlética y regular la profesión del terapeuta atlético.

La legislación propone crear la Junta Examinadora de Terapéutica Atlética, adscrita a la Junta Examinadora de Terapia Física, para establecer su composición, funciones, deberes y facultades, y a su vez, establecer los requisitos de licencia y educación continua para la práctica de la profesión del terapeuta atlético, con el objetivo de garantizar a los ciudadanos una mayor calidad de los servicios.

El Proyecto del Senado 264 fue referido a comité de conferencia para discutir diferencias en las versiones aprobadas en ambos cuerpos legislativos.

La medida establece la composición, funciones, deberes y facultades de la Junta Examinadora de Terapéutica Atlética, así como los requisitos de licencia y educación continua para la práctica de la profesión del terapeuta atlético.

Accede al proyecto aquí

Además, define al terapeuta atlético como el profesional de la salud especializado en la prevención, evaluación y manejo y rehabilitación de lesiones atléticas en el ámbito deportivo o recreativo.

Son reconocidos como los profesionales que primero intervienen con el atleta (sea profesional o aficionado) en el lugar donde ocurre el accidente deportivo, para que -una vez sea estabilizado el lesionado- pueda posteriormente obtener una evaluación y tratamiento médico.

A los fines de cualificar para tomar el examen de reválida la persona deberá haber completado un Bachillerato, Maestría o un Doctorado en Terapéutica Atlética en una universidad debidamente acreditada por el Consejo de Educación de Puerto Rico, Middle States Commission on Higher Education. O en su efecto defecto, haber aprobado un bachillerato en áreas relacionadas que comprenda las siguientes áreas de estudios: lesiones atléticas, patofisiología, primeros auxilios en el deporte, nutrición deportiva, psicología deportiva, intervenciones terapéuticas y prácticas clínicas supervisadas por Terapeuta Atlético que hayan cumplido con un mínimo de quinientas horas en un término no menor de dos años y no mayor de cuatro años

La pieza legislativa es de la autoría del presidente del Senado, José Luis Dalmau Santiago y cuenta también con la coautoría de las senadoras Marissa Jiménez Santoni, Nitza Morán Trinidad y Wanda Soto Tolentino, así como del senador Ramón Ruiz Nieves.

 

 

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