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[Avanzadas de AMICUS] Entre lo social y el derecho: «Equidad laboral para la mujer» por Luis F. Estrella Martínez

13 de mayo de 2021
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Por Jorge M. Farinacci Fernós*

4 Amicus, Rev. Pol Púb. y Leg. UIPR ___ (2021)
Originalmente publicado el 12 de mayo de 2021

Introducción

Es muy difícil negar que la voz, y sobre todo la pluma, del juez asociado Luis Estrella Martínez se han convertido en piezas claves y visibles en el desarrollo reciente del derecho puertorriqueño. Si juzgáramos únicamente por sus escritos judiciales, tal caracterización sería merecida. Pero el Juez Asociado ha trascendido los entornos de las opiniones judiciales y su presencia se puede notar en las clases ofrecidas en algunas de las escuelas de derecho del País, su participación activa en conferencias, así como la publicación de escritos jurídicos de naturaleza académica.

Recientemente, el juez asociado Estrella Martínez publicó un libro titulado Equidad laboral para la mujer: reflexiones desde Puerto Rico. Este está basado en una ponencia preparada por este para el X Encuentro Internacional de Justicia y Derecho, organizado por el Tribunal Supremo Popular de la República de Cuba. Por vía de esta breve reseña, quisiera compartir algunos elementos de este libro, principalmente: (1) los potenciales usos para audiencias variadas; (2) las enseñanzas de su metodología; y (3) su acercamiento filosófico y la relevancia de su contenido.

¿A quién está dirigido el libro?

De entrada, ofrezco una observación puntual: se trata de un libro relativamente corto (50 páginas), sobre todo en comparación con su libro anterior Acceso a la justicia: derecho humano fundamental, el que posiblemente no cabe en varios bultos usados por las y los estudiantes para sus clases. Pero esta nueva publicación debe verse como un tipo de secuela o addendum a su obra original. Más aún, puede verse como una implementación específica de su visión del acceso a la justicia en el contexto particular del derecho laboral puertorriqueño en relación con la situación de, para usar las palabras del propio autor, la «mujer trabajadora puertorriqueña».

El libro está repleto de referencias al derecho al acceso a la justicia, recordándonos que resulta virtualmente imposible discutir o entender la normativa vigente sin tomar en consideración la realidad social que la produce y en la que se aplica. Para el autor, el verdadero derecho es aquel que existe en el mundo que vivimos. Volveremos a tocar esta crítica frontal al formalismo al abordar el acercamiento filosófico del libro. Por ahora, lo importante es señalar que su discusión de la normativa vigente relacionada a la mujer trabajadora puertorriqueña no se da como un ejercicio intelectual puro, sino, todo lo contrario, como consecuencia de un análisis de la sociedad realmente existente. En ese sentido, el libro posee múltiples audiencias distintas y variadas.

En primer lugar, juristas de otras jurisdicciones, particularmente, las latinoamericanas. En Puerto Rico, demasiadas veces acostumbramos importar ideas y normas. Olvidamos que tenemos mucho que aportar hacia afuera.

En segundo lugar, personas legas en Puerto Rico que luchan por los derechos de la mujer, particularmente, la mujer trabajadora. Ya es hora de que las y los juristas en este País escribamos para un público que trascienda la comunidad letrada. A medida que el derecho se convierte en algo cuya comprensión está limitada a un grupo selecto de personas, se convierte más y más en una fuente de atropello. Esto, a su vez, permite un divorcio peligroso entre la ciudadanía y el derecho que puede llevar a consecuencias autoritarias y demagógicas.

Finalmente, la comunidad jurídica propiamente. El libro constituye una mirada interna refrescante que ofrece a las personas que participamos en la creación y desarrollo del derecho una nueva perspectiva, menos formalista y más social, más real.

Lo que nos lleva a un punto final: el momento histórico en que el autor opta por atender este tema. Demasiados eventos recientes nos recuerdan los serios riesgos de un sistema jurídico enajenado de la realidad social, particularmente, de las mujeres que carecen de poder económico y político.

¿Cómo está escrito el libro? ¿Qué dice?

El libro tiene una secuencia diseñada cuidadosamente. Conecta temas que, de ordinario, acostumbramos ver separadamente. Pero al organizarlos de cierta forma, podemos ver los peligros de ver el derecho aisladamente; apreciamos lo mucho que nos falta por recorrer.

El libro comienza con un problema estructural: la falta de poder político de la mujer trabajadora en Puerto Rico, particularmente, en cuanto a su subrepresentación en las ramas políticas del País. Este problema de distribución desigual del poder requiere, por tanto, una mirada crítica al concepto de la igualdad, particularmente la diferencia entre sus versiones formales y materiales. Para poder corregir esta distribución desigual del poder político y económico hace falta, nos dice el autor, una profundización de la democracia, con miras a rediseñar la propia estructura social que genera la normativa y que reproduce, precisamente, las desigualdades materiales generadas por dicha estructura.

Planteado este problema estructural, el autor regresa al acceso a la justicia como marco conceptual para comenzar su análisis de la normativa jurídica vigente relacionada a la mujer trabajadora, comenzando, precisamente, con el problema del discrimen. Acto seguido, el libro ofrece una descripción sencilla pero crítica del andamiaje jurídico actual. El orden en que el autor atiende esta normativa refleja una lógica interna muy acertada.

Como secuela al problema democrático, el autor incorpora el colonialismo como elemento de análisis, incluyendo la exclusión de Puerto Rico de la normativa laboral internacional, la pérdida de la Sección 20 de la Carta de Derechos en 1952, la relación potencialmente confusa entre la normativa federal y la local, y la aprobación de la Ley PROMESA. Es desde esta perspectiva que inicia la descripción normativa, comenzando con la Ley Antidiscrimen de Puerto Rico, Ley Núm. 100 de 30 de junio de 1959, 29 LPRA §§ 146-151. Dicha ley atiende, de forma general, el discrimen en el empleo en Puerto Rico, lo cual incluye discrimen por razón de sexo. También incluye las protecciones del Título VII federal.

Muy oportunamente, el autor aprovecha este momento en su libro para insertar otro elemento analítico adicional: la ausencia de una metodología adjudicativa coherente que permita a los tribunales puertorriqueños utilizar correctamente el derecho internacional y comparado. Y, como corolario a esta crítica, el autor advierte sobre la erosión de las normas de hermenéutica favorables a la clase trabajadora las que, si bien siguen siendo repetidas por el Tribunal Supremo en sus decisiones, cada vez tienen menos efecto real en sus fallos. La frase conocida "resolviendo toda duda a favor del obrero" cada vez suena más como una promesa hueca.

Retomando su descripción sobre las fuentes jurídicas vigentes, el autor continúa navegando aguas normativas, tocando base con la Ley para Garantizar la Igualdad de Derecho al Empleo, Ley Núm. 69 de 6 de julio de 1985, 29 LPRA §§ 1321-1341, sobre discrimen por razón de sexo., y la conecta con la normativa relacionada al hostigamiento sexual—particularmente la Ley para Prohibir el Hostigamiento Sexual en el Empleo, Ley Núm. 17 de 22 de abril de 1988, 29 LPRA §§ 155-155M. En cada puerto, el autor ofrece una descripción del contenido de cada pieza legislativa.

Atendido el tema del discrimen y el hostigamiento sexual, el autor desembarca en el próximo destino lógico: la inequidad salarial en Puerto Rico. Aquí, el juez asociado Estrella Martínez combina estadísticas del mundo real con la normativa correspondiente, particularmente las exigencias de la Sección 16 de la Carta de Derechos y la Ley de Igualdad Salarial de Puerto Rico, Ley Núm. 16-2017, 29 LPRA §§ 251-259. Nuevamente, vemos la insistencia en que el Derecho opera en el mundo que vivimos, no solamente en el papel.

El tema salarial lleva, casi inevitablemente, a abordar la situación de las empleadas domésticas en Puerto Rico y de las trabajadoras embarazadas. Aquí, el autor analiza posiblemente una de las leyes más importantes en todo el ordenamiento laboral en nuestro País: la Ley de Protección de Madres Obreras, Ley Núm. 3 de 13 de marzo de 1942, 29 LPRA §§ 467-474. Finalmente, el autor aborda la normativa relacionada a la lactancia.

Tras atender los asuntos sustantivos principales, el autor se enfoca entonces en los aspectos procesales, nuevamente, sin quitarle el ojo a la idea del acceso a la justicia. Aquí se discuten los retos que representa el arbitraje individual y las ventajas ofrecidas por la Ley de Procedimiento Sumario de Reclamaciones Laborales, Ley Núm. 2 de 17 de octubre de 1961, 32 LPRA §§ 3114-3133.

El derecho en papel se queda corto

El llamado del autor es dual: Puerto Rico tiene una normativa laboral importante relacionada a la mujer trabajadora. No debemos menospreciarla. Pero, al mismo tiempo, las leyes no operan en el vacío y demasiadas veces se quedan cortas. Enfrentamos serios problemas estructurales y sociales que (1) neutralizan, hasta cierto punto, la efectividad de estas leyes; y (2), más seriamente, amenazan con erosionarlas hasta el punto de la desaparición. Aquí vemos a un autor que otorga, correctamente, más importancia a lo real que a lo imaginario; a lo social que a lo abstracto.

Comenzamos con el asunto del poder. Nos dice el autor: «[L]a acumulación de poderes, ajenos a la justicia social, crean obstáculos para la mujer trabajadora, tanto en el sector gubernamental y político, lo cual tendrá repercusiones y limitaciones en el rol del juez en la aplicación de las normas legisladas y reglamentadas»1. Esto se refiere a cómo la mujer trabajadora queda excluida, precisamente, de los procesos políticos que determinan el nivel de protección jurídica que habrán de tener, particularmente al momento de legislar.

Este problema, a su vez, no puede ser resuelto utilizando, precisamente, el andamiaje desigual que existe actualmente: «Es decir, antes de llegar a la urna, hay un andamiaje que reproduce los intereses de determinados sectores poderosos, como por ejemplo los intereses económicos»2. En otras palabras, el Derecho y la política son el producto de un andamiaje social y económico preexistente que se reproduce, precisamente, a través del Derecho y la política.

Esto genera un llamado a la acción: «[E]l feminismo debe contar con hombres que apoyen sus causas, así como denunciar mujeres juristas que tienen más compromiso con reproducir esquemas desiguales del poder que distribuir justamente el poder»3.

Esto explica por qué el autor dedica las primeras páginas de su libro a temas del poder y lo social: es imposible entender nuestro Derecho si no partimos de esas premisas. Por eso nos advierte: «[D]ebemos procurar evitar un entendimiento mecánico del concepto de que todos los seres humanos somos iguales ante la ley, con el agravante de una aplicación uniforme del derecho que nos conduciría irremediablemente en una desigualdad real»4. Esto nos recuerda a la expresión clásica: «La Ley, en su majestuosa igualdad, prohíbe, tanto a los ricos como a los pobres dormir bajo los puentes, mendigar por las calles y robar pan». En otras palabras, la igualdad mecánica en una sociedad desigual genera, precisamente, resultados desiguales. En ese sentido, estamos ante un libro que rechaza tanto la desigualdad como los llamados huecos a la igualdad desde la desigualdad, y su punta de lanza es la lucha de la mujer trabajadora en nuestro País.

NOTAS

* B.A. y M.A. Historia (UPR-Río Piedras); J.D. (Universidad de Puerto Rico); LL.M. (Harvard), S.J.D. (Georgetown). Catedrático Asociado, Facultad de Derecho de la Universidad Interamericana de Puerto Rico.

1 Luis F. Estrella Martínez, Equidad laboral para la mujer: Reflexiones desde Puerto Rico 3 (2021).
2 Íd. en la pág. 4.
3 Íd. en la pág. 5.
4 Íd. en la pág. 7.

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