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Buscan desestimar primer caso de acecho con un "AirTag"

06 de abril de 2022
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La defensa de Carlos Juan Moreno, acusado por acecho mediante un rastreador AirTag de la empresa Apple, presentó una moción solicitando la desestimación de su caso aludiendo que hubo ausencia total de prueba sobre los elementos del delito y sobre la intención específica del mismo durante la vista preliminar.

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Contexto del caso

El Departamento de Justicia encontró en marzo causa para juicio en el primer caso radicado en Puerto Rico por acecho con el uso de un rastreador electrónico, mejor conocido como los AirTag de la compañía Apple.

Acusación

La víctima alegó que se percató de que cada vez que se aproximaba a su vehículo recibía una notificación en su celular que le indicaba que había un rastreador electrónico.

La víctima explicó que, al acercar el celular al AirTag, se registró en la pantalla el número que identificaba el dispositivo, que se utiliza ordinariamente para la búsqueda de objetos. La mujer mantenía una relación con el acusado.

El hombre enfrenta un cargo por violar el Artículo 3.1 de la Ley 54 de 1989, conocida como Ley para la Prevención e Intervención con la Violencia Doméstica. Este es el primer caso radicado en Puerto Rico por violencia de género mediante acecho utilizando un rastreador electrónico.

Moción de desestimación

Del documento se desprende que en la vista preliminar la alegada víctima declaró que nunca fue agredida, sus bienes no corrían peligro y que las manifestaciones del imputado hacia ella contenían elogios.

La moción impugna la determinación de causa probable realizada por la jueza Yumayra Serrano Murcelo del Tribunal de Primera Instancia de Humacao.

Según la moción, los abogados de defensa, Juan E. Morales Márquez, Juan A. Morales González y Javier F. Ramos Rodríguez, en la vista preliminar se requería que la fiscalía presentara prueba de todos los elementos del delito y de la intención requerida, así como de que es probable que el acusado cometió el delito, lo que no ocurrió según lee la moción presentada.

Dijo también que la presencia del dispositivo era desconocida para ella y que ignoró las notificaciones recibidas en su celular. Añadió que los encuentros sin planeación en lugares fluyeron de manera normal e incluso siguieron compartiendo como de costumbre. También manifestó que durante todo el periodo relacionado a los hechos el imputado no infundió temor o miedo a su persona o sobre bienes.

"Nuestra moción está fundamentada en la definición de maltrato que hace la propia Ley 54 y en el testimonio de la alegada perjudicada mediante el cual se derrotan los elementos del delito por el que ha sido acusado Don Carlos Moreno", expresó el Ramos.

"Sin prueba de los elementos del delito el caso debió haber sido desestimado, en la vista preliminar. Lo único que se probó es que el Sr. Moreno no cometió delito»" añadió Morales Márquez.

¿Qué dice la Ley 54?

La ley dispone que: "Toda persona que empleare fuerza física o violencia psicológica, intimidación o persecución en la persona de su cónyuge, ex cónyuge, o la persona con quien cohabita o haya cohabitado, o la persona con quien sostuviere o haya sostenido una relación consensual, o la persona con quien haya procreado un hijo o hija, independientemente del sexo, estado civil, orientación sexual, identidad de género o estatus migratorio de cualquiera de las personas involucradas en la relación, para causarle daño físico a su persona, a los bienes apreciados por ésta, excepto aquéllos que pertenecen privativamente al ofensor, o a la persona de otro o para causarle grave daño emocional, incurrirá en delito grave de cuarto grado en su mitad superior."

El juicio en este caso está citado para hoy a la 1:30 pm en el Tribunal de Primera Instancia de Humacao.

Acción legislativa

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Ante este caso histórico, la representante Lisie Burgos Muñiz, de Proyecto Dignidad, radicó el Proyecto de la Cámara 1243, para enmendar la Ley Contra el Acecho en Puerto Rico y la Ley para la Prevención e Intervención con la Violencia Doméstica, con el propósito de tipificar como agravante a los delitos de acecho y maltrato el utilizar dispositivos tecnológicos para localizar o monitorear a personas como parte de la comisión de dichos delitos.

Lee aquí la medida

El proyecto surge como medida para combatir el aumento en el uso de los llamados AirTag u otros rastreadores de artículos, para perseguir y acosar a personas, entre ellas las mujeres víctimas de violencia doméstica.

Tipificarían uso de "AirTags" y otros rastreadores para cometer acecho y maltrato

¿Qué es un AirTag?

Estos dispositivos son manufacturados con el propósito de facilitar la búsqueda de objetos perdidos, tales como llaves, carteras, y otras pertenencias.

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