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La Cámara de Representantes se propone, por medio del Proyecto de la Cámara 1025 prohibir que las aseguradoras atiendan su obligación con sus personas aseguradas usando la figura de pago en finiquito. La medida fue referida a la Comisión de Derechos del Consumidor, Servicios Bancarios e Industria de Seguros de la Cámara.
En vista de ello, el proyecto propone enmiendas al Código de Seguros para clasificar como una práctica desleal en el ajuste de reclamaciones el extinguir la obligación mediante la figura de pago en finiquito sin antes proveerle a la persona asegurada una explicación detallada, por escrito y oral, sobre el alcance y consecuencias de recibir dicho pago.
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El lenguaje que propone incorporar la medida incluye que, «la explicación en cuestión debe exponer claramente al asegurado que recibir el pago en cuestión constituye el pago total y definitivo de la obligación. La comunicación de la intención de transigir la reclamación de manera final mediante dicha oferta de pago debe indicar ese propósito de manera conspicua, con encabezados en mayúsculas o con letras de distinto tipo al del resto de la comunicación, y no meramente mencionado dentro de un párrafo como cualquier otra cosa».
Según la exposición de motivos, las personas aseguradas recibían un cheque para atender la reclamación que hacían a las aseguradoras, sin que se les proveyera una explicación adecuada sobre el alcance de dicho pago.
Esto comenzó a suceder con más frecuencia luego de los huracanes Irma y María, y los terremotos que afectaron la zona suroeste del país.
El pago en finiquito es una figura del derecho común incorporada mediante jurisprudencia en nuestro ordenamiento jurídico que permite que se extinga una obligación mediante la aceptación de un pago o finiquito.
Las aseguradoras usaron la figura como defensa afirmativa en los pleitos ante los tribunales de Puerto Rico en el que las personas aseguradas reclamaban que recibieron un pago de la aseguradora sin una adecuada orientación y protección ante sus reclamos y qué cubría dicho pago.
Los tribunales en Puerto Rico aplicaban automáticamente la figura de pago en finiquito, declarando extinta la obligación de la aseguradora ante la persona asegurada hasta que recientemente el Tribunal Supremo, en Feliciano Aguayo v. Mapfre Panamerican Insurance Company, 2021TSPR73, estableció los requisitos para aplicar dicha figura.
De ser aprobada finalmente, el efecto de esta ley será retroactivo y aplicará a todas las reclamaciones judiciales presentadas oportunamente las personas aseguradas contra su compaña de seguros por los daños causados por los huracanes Irma y María, y los terremotos del 2020.
El proyecto de ley fue presentado por la representante Estrella Martínez Soto y los representantes Jesús Ortiz González, Ramón Cruz Burgos y Orlando Aponte Rosario.