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Cambios en los términos para la inspección de vehículos

06 de septiembre de 2024
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El gobernador de Puerto Rico, Pedro Pierluisi Urrutia, convirtió en ley el Proyecto de la Cámara 1876 que enmienda la Ley de Vehículos y Tránsito de Puerto Rico, a los fines de que la inspección periódica de vehículos de motor nuevos sea obligatoria a partir de que tengan más de tres (3) años de fabricados.

Previo a la firma de esta ley, la inspección de nuevos vehículos se hacía obligatoria a partir de los dos (2) años de fabricación.

Puedes acceder aquí a la Ley 174-2024

La Ley 174-2024, de la autoría del representantente Angel N. Matos García, destaca que las inspecciones periódicas fueron establecidas en la Ley 22-2000, según enmendada, para garantizar que los vehículos que transitan por la vía pública estén en condiciones mecánicas en las que no constituyan una amenaza para la seguridad pública, además de asegurar que se cumpla con las regulaciones locales y federales para mitigar daños ambientales.

No obstante, el autor de la medida legisaltiva destaca que e sposible extender este término de tiempo ya que la industria de automóviles ha logrado desarrollar tecnología eficiente en el control de emisiones, lo que permite que ahora los vehículos de motor nuevos puedan estar en cumplimiento con las regulaciones de la industria durante los primeros años desde su manufactura.

El cambio en el término de inspección de vehículos con tres (3) años o menos de fabricación tiene vigencia desde la firma de la nueva ley el pasado 26 de agosto de 2024.

La ley también ordena al Departamento de Transportación y Obras Públicas a adoptar la reglamentación necesaria para cumplir los propósitos de la misma, dentro de un término no mayor de noventa días contados a partir de su vigencia.

 

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