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Un panel compuesto por exgobernadores, académicos y juristas analizaron el futuro de los nombramientos a la judicatura de Puerto Rico, al tiempo en que coincidieron que para garantizar un sistema de justicia confiable, el proceso debe ser transparente y libre de influencias políticas indebidas.
El foro titulado «Nombramientos a la judicatura de Puerto Rico: consideraciones para el futuro» contó con la participación de los exgobernadores Alejandro García Padilla, Luis Fortuño Burset; el profesor de la Escuela de Derecho de la Universidad de Puerto Rico, Luis Muñiz Arguelles; el catedrático auxiliar de la Facultad de Derecho de la Universidad Interamericana de Puerto Rico, Jorge Farinacci Fernós; y decano de la Escuela de Derecho de la Pontificia Universidad Católica de Puerto Rico, Fernando Moreno Orama.
La conversación entre los panelista giró, particularmente, en torno al Proyecto del Senado 1125, que busca crear la Ley de la Comisión de Nombramientos a la Judicatura.
Esta medida crearía la Comisión de Nombramientos a la Judicatura. Además, establecería su composición, funciones y responsabilidades. La medida «dispone que la Comisión tendrá la responsabilidad de establecer los procesos para recibir solicitudes de candidatos a la Judicatura, la evaluación de los candidatos, y hacer las recomendaciones al Gobernador para cada vacante judicial notificada».
De aprobarse la medida, los integrantes de la Comisión ocuparán sus puestos por un máximo de tres años desde su confirmación. Ninguna de las personas que componga la Comisión podrá ocupar un puesto por más de dos términos consecutivos.
La senadora Joanne M. Rodríguez Veve, autora de la medida, inició el foro subrayando que la persona que sea electa en el 2024 para ejercer la gobernación de Puerto Rico tendrá ante sí la facultad de nombrar hasta tres sillas en el Tribunal Supremo de Puerto Rico y que en el próximo cuatrienio surgirán dos vacantes adicionales.
Desde una perspectiva ejecutiva, García Padilla y Fortuño Burset coincidieron en que la facultad para nominar jueces o juezas debe recaer estrictamente sobre el Poder Ejecutivo, contrario a lo que expone la medida legislativa.
El Artículo V, sección 8, de la Constitución de Puerto Rico, faculta a la persona gobernante para llenar las vacantes judiciales que surjan durante su incumbencia mediante la nominación al Senado. Luego, la Constitución dispone que el Senado tendrá la facultad de otorgar o no su consejo y consentimiento al nombramiento.
De igual forma, los exgobernadores repasaron las funciones de la Comisión de Nombramientos del Ejecutivo, también conocida como el Comité Evaluador del Gobernador para Nombramientos Judiciales compuesto por cinco personas. El comité evaluador tiene el propósito principal de asesorar al Primer Ejecutivo en la selección de las personas con las más altas calificaciones personales y profesionales.
Ambos, además, adelantaron que el proyecto tiene múltiples retos constitucionales.
Proponen nueva comisión para nombramientos judiciales
El exgobernador del Partido Nuevo Progresista (PNP), Fortuño Burset, aseguró que la publicación de una lista de personas nominadas a la judicatura provocaría presiones políticas indebida. También indicó que el proceso está regulado por la Ley Núm. 91 de 5 de diciembre de 1991, conocida como «Ley de Evaluación de Jueces y Candidatos a Jueces».
«Estos proceso se establecieron de forma organizada sin agregar costos innecesarios. Además, protegían el proceso confidencial, que para mí era bien importante», sostuvo el exgobernador.
A su vez, Fortuño Burset mostró preocupación por la creación de nuevos reglamentos, el tiempo para elegir a las personas nominadas a la judicatura y posibles gastos gubernamentales tras la aprobación de esta medida. Estos tres factores son un obstáculo, según el exejecutivo y abogado.
«La concentración del poder es algo de lo cual quisieron alejarse aquellos que, luego de la Revolución Francesa, promovieron esa dilución, de manera que los procesos lograran un resultado mejor, no perfecto. Nuestro sistema actual exige que el gobernador designe y el Senado confirme. Las veces que ha fallado no ha sido por el proceso de nominación, sino por vicios en el nominado», comenzó diciendo el exgobernador por el Partido Popular Democrático (PPD), García Padilla.
Aunque el proceso de nominación y selección de jueces en Mississippi variaba según el tipo de tribunal al que se postulaba, García Padilla recordó que los jueces y juezas en este estado participan en elecciones no partidistas, excepto los jueces del Tribunal de Justicia, que son seleccionados en elecciones partidistas.
Otros estados de Estados Unidos utilizan el método de elección por voto popular, algunos de forma independiente y otros afiliados a algún partido político.
«Un gobierno electo más liberal va a nominar jueces liberales. Un gobierno electo conservador va a nominar jueces más conservadores. Así se supone que sea. El país conoce que es el gobernador que nombra a los jueces y el Senado los confirma. Cuando el país elige un gobierno con ciertas visiones, sabe que va a producir jueces con esas visiones. Ese es el sistema democrático», reflexionó el exgobernador y abogado.
En la actualidad, la jueza presidenta del Tribunal Supremo de Puerto Rico, Maite D. Oronoz Rodríguez, y el juez asociado, Ángel Colón Pérez, fueron nominados por el exgobernador García Padilla.
Por otra parte, los jueces asociados, Rafael Martínez Torres, Mildred G. Pabón Charneco, Erick V. Kolthoff Caraballo, Edgardo Rivera García, Roberto Feliberti Cintrón y Luis F. Estrella Martínez fueron nominados por Fortuño Burset.
Los académicos invitados a formar parte de la discusión presentaron recomendaciones y pasos concretos para despolitizar los procesos de nombramientos judiciales.
Muñiz Arguelles discrepó con el exgobernador Fortuño Burset sobre visibilizar quiénes son las personas que se están evaluando, pues desde su parecer, «es el proceso público que va a garantizar que los seleccionados sean confirmados por sus capacidades y no por su afiliación política».
«Creo que la lista de nominados debe ser pública todo el tiempo», añadió el profesor, aunque reconoció que estos esfuerzos pueden provocar una disminución en los candidatos o candidatas bajo evaluación.
Muñiz Arguelles indicó que para asegurar la separación de poderes es necesario garantizar que las tres ramas de gobierno compartan filosofías diferentes, si fuese necesario.
«Si partimos de la premisa que, en un gobierno de separación de poderes, lo que se nombre a la Rama Judicial tenga la misma filosofía que los de la Rama Ejecutiva o Legislativa, se convertiría en la Rama Judicial en una caja de resonancia de las otras dos ramas. No sería posible el sistema de separación de poderes ni la independencia judicial».
«Una de las cosas más importantes son la características personales que se reflejan en su quehacer como candidato. Vamos a garantizar una mejor judicatura, no por asuntos político-partidistas, sino por su formación», agregó.
Farinacci Fernós subrayó que cualquier discusión sobre posibles modificaciones al mecanismo de nombramiento de jueces y juezas en Puerto Rico debe tomar en consideración dos aspectos.
«Primero: si estas modificaciones son compatibles con el ordenamiento constitucional actual o, si por el contrario, se requieran enmiendas al texto constitucional con las complicaciones que eso conlleva. Segundo: ¿qué principios deben guiar esas posibles modificaciones?», sentenció Farinacci Fernós.
Para Farinacci Fernós los principios rectores deben ser la maximización democrática, la selección de profesionales competentes y la protección independencia judicial.
«A esto debo añadir un compromiso real con los valores de la Constitución», señaló el académico, quien destacó el rol esencial de la Legislatura y la búsqueda de la independencia judicial en el proceso de nombramiento.
El académico reconoció que no es la primera vez que en el archipiélago surgen iniciativas para transformar el proceso de nominación de jueces y juezas. En su turno, repasó algunas propuestas que buscaban mejorar el sistema para nominar y elegir a los miembros de la judicatura, eliminando del trámite las consideraciones político-partidistas.
«Estamos ante un proceso invisible que se da a espaldas del electorado. Necesitamos más transparencias, no menos».
Moreno Orama, por su parte, se enfocó en compartir requisitos adicionales a las personas que aspiren a puesto en los foros creados por ley como el Tribunal Municipal, Superior y de Apelaciones. Estos foros son los que atienden la mayor cantidad de casos, en comparación con el Tribunal Supremo.
El decano sostuvo respecto a los nombramientos al Tribunal Supremo que «deberíamos tener una discusión pública más amplia y un análisis más abarcador de las personas nominadas a ese foro».
«Recientemente, se han avivado debates sobre el tema de selección de jueces tanto a nivel federal como estatal. Han surgido varias propuesta para que mediante el proceso de selección y nominación de estas personas se salvaguarde también la imagen y la credibilidad del sistema judicial», sostuvo.
Vizcarrondo Irizarry, exjuez del Tribunal de Apelaciones y expresidente de la Cámara de Representantes, manifestó sus preocupaciones en torno a la constitucionalidad del proyecto debido a que el lenguaje legislativo de la medida podría «sugerir» que el gobernador o gobernadora estaría en la obligación de seleccionar una persona propuesta por el comité.
Del panel, de igual forma, participó la exdirectora de la Oficina de Administración de los Tribunales (OAT), Sonia Ivette Vélez Colón; y los expresidentes del Colegio de Abogados y Abogadas de Puerto Rico (CAAPR), Arturo Hernández González y Eduardo Villanueva Muñoz.