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Luego de que dirigentes y comisionados electorales del Movimiento Victoria Ciudadana (MVC) y el Partido Independentista Puertorriqueño (PIP) radicaran una demanda para que se declare la invalidez constitucional de dos artículos del Código Electoral que impiden la alianza de candidaturas comunes entre los partidos políticos, figuras diversas se expresaron sobre el futuro del recurso judicial.
Radican demanda para que se declare la invalidez constitucional de las alianzas partidistas
La comisionada electoral del Partido Nuevo Progresista (PNP), Vanessa Santo Domingo, aseguró que el recurso legal es «frívolo».
«Nosotros entendemos que este caso es frívolo porque nuestro más alto foro que es el Tribunal Supremo de los Estados Unidos resolvió una controversia idéntica a esta. El caso es Timmons v. Twin Cities Area New Party. Nosotros, obviamente, cuando presentemos nuestro escrito de alegación responsiva, que vence este próximo jueves, ahí nosotros vamos a exponer todos los defectos de la demanda», abundó la funcionara a preguntas de Microjuris.
Por otra parte, la comisionada electoral del MVC, Lillian Aponte Dones, sostuvo que «de todas las medias verdades que se repiten sobre este asunto, la que más llama la atención es la idea de que la posibilidad que existan candidaturas coaligadas crea una «competencia desleal», porque un candidato o candidata podría aparecer dos veces en la papeleta».
«En primer lugar, es absurdo porque la petición al tribunal no se limita a un derecho exclusivo del MVC y PIP, sino que se derogue una prohibición del Código Electoral que atenta contra el derecho constitucional de asociarse y organizarse libremente y por ende, candidatos, candidatas y partidos», añadió Aponte Dones.
Otro señalamiento que ha surgido es la posibilidad de crear una supermayoría en la Comisión Estatal de Elecciones (CEE) ante la posibilidad de que una persona corra bajo las dos insignias.
Ante esto, la comisionada Aponte Dones aseguró que el planteamiento es incorrecto. Además, aclaró que «el mismo código plantea que se puede ganar la gobernación y sin tener representación en la CEE, ya que son los dos partidos con mayoría de votos íntegros los que tendrán participación y personal en la comisión».
«Nosotros aspiramos a un código electoral que permita la participación de todos los partidos debidamente registrados de manera equitativa y donde los candidatos y candidatas independientes también tengan representación».
No obstante, para la comisionada electoral Santo Domingo es preocupante que un candidato que lo representen dos partidos tengan dos votos en la Comisión.
Aunque la comisionada Santo Domingo señaló que la demanda es prematura debido a que no se contemplan los candidatos políticos, la comisionada Aponte Dones aseguró que el equipo legal de MVC presentó la demanda en el momento que la controversia estaba madura y las personas tienen standing para presentar la controversia.
«Dado que los partidos y el electorado que representamos tienen que decidir los asuntos relacionados con sus candidaturas antes del 1 de diciembre de este año, entendemos que no se podía esperar más pues tienen que hacer su plan organizativo. Hay que aclarar que el asunto de las candidaturas coaligadas fue elevado inicialmente por parte de la delegación legislativa del MVC a la Asamblea Legislativa con proyectos de ley que buscaban analizar y enmendar el Código actual».
El caso Timmons v. Twin Cities Area New Party es un caso que se centró en las restricciones impuestas por el estado de Minnesota a las afiliaciones políticas múltiples.
Minnesota tenía una ley que prohibía a los partidos políticos permitir que los candidatos que se postularan en su papeleta electoral también aparecieran en la papeleta de otro partido político. La razón de esta ley era evitar confusión entre los votantes y asegurar una mayor diversidad política.
Sin embargo, el partido político desafió la constitucionalidad de esta restricción alegando que violaba sus derechos de libre asociación y expresión política.
El Tribunal Supremo de los Estados Unidos, en una decisión unánime, sostuvo que la restricción de Minnesota no violaba los derechos de libre asociación y expresión política a nivel federal.
La comisionada Santo Domingo, por otra parte, indicó que la determinación judicial permite que la Legislatura puede reglamentar, regular o impedir que se den este tipo de alianzas entre partidos políticos debido a que la libertad de asociación es para los individuos y no para los partidos políticos.
Recientemente, los abogados Nelson Rosario Rodríguez y Guillermo San Antonio Acha conversaron con Microjuris sobre la demanda, hablaron sobre el caso Timmons v. Twin Cities Area New Party y reflexionaron sobre los posibles problemas constitucionales de la controversia.
Por otro lado, el PNP presentó una moción de intervención en el caso judicial. Ante esto, el tribunal concedió cinco días a la parte demandante para que exprese su posición a la solicitud de intervención del PNP.
El recurso busca intervenir en la demanda radicada la semana pasada por el PIP y el MVC, que buscan que se les permita aspirar a candidaturas de manera coaligada.
El documento firmado por el abogado Ramón Rosario Cortés sostiene que el MVC y PIP pretenden tener dos comisionados electorales y el doble de funcionarios que el PNP para administrar el proceso electoral y el conteo de votos.
«Ello, no solo es contrario a la ley vigente, sino que pretende afectar los derechos electorales del PNP y sus electores, creando un sistema desigual y de ventaja para los partidos políticos demandantes», agrega la colectividad.
Las candidaturas coaligadas, también conocidas como alianzas electorales o coaliciones políticas, son acuerdos entre dos o más partidos político. Por lo general, se presentan conjuntamente en las elecciones.
Estas coaliciones se forman con el objetivo de unir fuerzas y aumentar las posibilidades de obtener representación política, superando las barreras individuales que cada partido pueda enfrentar por separado.
«Tomando la responsabilidad de revisar la historia electoral de Puerto Rico nos percatamos que desde principios del siglo pasado se permitían, por Ley, coaliciones entre candidatos pertenecientes a partidos distintos o al interior de un solo partido», sostuvo Aponte Dones.
Candidaturas coaligadas: ¿una posibilidad para las elecciones de 2024?