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Cerca de 15,000 obras en el Registro de la Propiedad Intelectual

09 de diciembre de 2025
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Por Daniel Rivera Vargas

Un banquero de Humacao que escribe obras de teatro, una técnica de uñas de Canóvanas creadora de música, una psicóloga de Arecibo que dibuja… estos son algunos ejemplos de creadores que, entre fotos, poemas, novelas, planos de arquitectura, programas de computadora, pinturas y otros, forman parte de las cerca de 15,000 obras que han sido registradas durante los pasados 35 años en el Registro de la Propiedad Intelectual de Puerto Rico.

El Registro opera desde el Departamento de Estado y, al amparo de la ley de Derechos Morales, ayuda a proteger legalmente las obras voluntariamente registradas en este instrumento, explicó la licenciada Jennifer Rodríguez Collazo, quien por los pasados 10 años ha ocupado el puesto de Registradora de la Propiedad Intelectual.

Rodríguez Collazo es la persona que evalúa si las obras cumplen con los criterios de originalidad y forma para ser registradas, esto sin pasar revista del contenido, pero reconoce que en su proceso de evaluación algunas obras la han impactado más que otras.

"Todos pasan por mis manos porque la evaluación del expediente la hago yo, hay algunas que me detengo un poco más", contó la licenciada.

"Son varios libros, particularmente los escritores que usan la escritura para sanar. Hemos visto muchos libros de madres que han perdido a sus hijos, personas enfermas de cáncer, muchos contando sus historias de sanación, muchos de mujeres maltratadas, son parte de los que impactan", agregó.

El Registro de Propiedad Intelectual fue creado en 1988, y actualmente es parte de la Ley Núm.55 del 9 de marzo de 2012. Es un mecanismo legal en Puerto Rico que permite al autor —puertorriqueño o extranjero domiciliado en Puerto Rico— inscribir su obra con el fin de proteger sus derechos morales: conservación de integridad, divulgación y retractación de la obra, afirmó la funcionaria.

Pueden inscribirse obras literarias, artísticas, musicales, fotográficas, cinematográficas o científicas, así como programas de computadora y hasta planos, añadió. La primera pieza que se inscribió fue un grupo de fotografías presentadas por Raquel Bonilla Berríos, el 25 de enero de 1990 bajo el número 90-04P-01A-02.

Se estima que se han presentado entre 14,000 y 15,000 obras. Al examinar parte de la data ofrecida por el Departamento de Estado, el proceso de registro se mantuvo estable en años con complicaciones, como fue el 2017, cuando azotaron los huracanes Irma y María, pero en el 2020, cuando empezó la pandemia del COVID, se vio una merma…

2013: 325
2014: 318
2015: 290
2016: 260
2017: 292
2018: 303
2019: 292
2020: 179
2021: 171

Musicalmente, mucho de lo que se ha registrado recientemente son canciones sacras, y hay pocas del género urbano, dijo Rodríguez Collazo. También hay géneros tropicales, y algunos reflejan eventos de su época, como el huracán María o el chikungunya.

"Hubo un merengue del zika", agregó la registradora de la propiedad intelectual.

A veces el trabajo le da agradables sorpresas, reconoció la letrada, como cuando no hace mucho pasó por sus oficinas la escritora Ana Lydia Vega, relacionado a un trabajo de su autoría.

Explicó que los derechos morales no dependen de que la obra se inscriba en el registro, porque el mismo es de carácter voluntario -a diferencia del registro de la propiedad inmueble que es indispensable para muchas gestiones que una casa o propiedad este registrada- pero es una ley que da herramientas a los autores en temas como reconocimiento de autoría y fecha de creación.

Dijo que los autores que inscriben sus obras en el registro pueden exigir que se les de crédito como autor de la obra, tiene derecho a reclamar la integridad de su pieza y que nadie la modifique e impedir que se divulgue una versión distorsionada o mutilada de su obra. También la ley permite reclamar daños. Facilita acciones judiciales por plagio o uso indebido y sirve como complemento a la ley de propiedad federal (si también se lleva al U.S. Copyright Office).

Ha habido casos judiciales pero no son muchos, dijo la licenciada, por lo alto de los costos del litigio.

"Sugerimos las clínicas de las escuelas de derecho, la de la Universidad de Puerto Rico tiene una dedicada a empresarismo y propiedad intelectual", comentó

El último caso resuelto sobre este tema en el Tribunal Supremo es de hace casi 10 años, Rosado Muñoz v. Acevedo Marrero, 2016 TSPR 23, dijo.

Inscribir una obra es relativamente fácil, por lo que explicó. Se somete una copia del documento, en papel o en un medio como un disco compacto, se entrega personalmente al Departamento de Estado con una declaración jurada y se paga un comprobante de $30.

A pesar de los beneficios del registro para los autores, Rodríguez Collazo dijo que hay muchas obras que no se inscriben. "Yo lo que pienso es que hay mucha gente que no conoce el registro… no saben que el registro existe, por mi experiencia atendiendo público, mucha gente viene a buscar la documentación y luego no regresa", sostuvo.

Para más información puede llamar al 787-722-2121 extensión 1010, o escribir al correo electrónico jerodriguez@estado.pr.gov.

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