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Colegio de Abogados y Abogadas y OAT acceden a mediación para alcanzar acuerdos sobre Reglamento

10 de febrero de 2020
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Hoy comenzó el juicio incoado por el Colegio de Abogados y Abogadas de Puerto Rico (CAAPR) sobre la impugnación del Reglamento de Asignación de Abogados y Abogadas de Oficio. El juez William Young promovió y consultó a las partes sobre la posibilidad de diálogo y mediación. Ambas partes accedieron al llamado. La mediación estará presidida por una magistrado del mismo distrito en Boston al que pertenece el juez Young. El juez declaró no ha lugar, sin perjuicio, la solicitud de desestimación de la demanda, presentada por la representación legal de la Oficina de Administración de Tribunales (OAT).

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El Colegio inquirió, además, sobre el trámite de referir al Tribunal Supremo de Puerto Rico (TSPR) a quienes incumplimos con la presentación de la declaración inicial a formar parte del listado de abogados y abogadas de oficio bajo el Reglamento. La respuesta para el récord fue que el incumplimiento con la declaración inicial no eliminaba de la lista de oficio a quienes no hubieran enviado el documento. Se informó, como medida de buena fe, que el asunto de los incumplimientos no sería referido al proceso disciplinario en tanto dure la mediación entre las partes. La mediación deberá comenzar próximamente.

El pasado 16 de diciembre de 2019, el CAAPR presentó una demanda ante la Corte de Distrito Federal para el Distrito de Puerto Rico que impugna la validez constitucional del «Reglamento para la Asignación de Abogados y Abogadas de Oficio», según enmendado, aprobado por el TSPR. El 17 de diciembre de 2019 se presentó la correspondiente moción de injunction preliminar. La Corte Federal celebró una vista inicial el 16 de enero de 2020. El Juez determinó que la vista de injunction preliminar se consolidaría con el juicio, que comenzó hoy.

Luego de la vista inicial, la parte demandada (Oficina para la Administración de Tribunales, et al.) presentó una moción de desestimación y la parte demandante presentó demandas complementarias. El 7 de febrero de 2020, el TSPR aprobó -con vigencia inmediata- varias enmiendas al Reglamento impugnado.

El licenciado Edgardo Román Espada, presidente del Colegio de Abogados y Abogadas de Puerto Rico, recordó que la postura del Colegio es que «fomentamos el trabajo pro bono voluntario; el fortalecimiento de los programas de Servicios Legales, la Sociedad para la asistencia Legal y la Oficina Legal de la Comunidad mediante la asignación de mayores recursos económicos y; la creación de un panel voluntario y compensado de abogados y abogadas para atender a la población que no puede pagar servicios legales. El cumplimiento del Canon 1 del Código de Ética Profesional no requiere la designación involuntaria de casos de oficio», indicó Román Espada.

Cónsono con dicha postura, el Colegio invita a la comunidad jurídica a registrarse voluntariamente de los diversos programas Pro Bono, y fomentar los servicios legales desde el voluntariado. Mientras, continuaremos las gestiones legislativas para que el Senado de Puerto Rico apruebe, como ya lo hizo la Cámara de Representantes, el P. de la C. 011, que crea un panel voluntario y compensado para los casos de naturaleza penal.

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