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Por la Lcda. Vanellies Santiago-Rivera
El Código Civil de Puerto Rico de 2020 marcó un hito importante al reconocer a los animales como seres sensibles. Ello implica que ya no pueden ser tratados como simples objetos en asuntos legales y familiares.
Como resultado, tenemos la inclusión de la figura de la guarda de animales para resolver disputas que surgen a raíz de la separación o el divorcio de los guardianes de mascotas. A pesar de este avance, el Código no proporciona guías para que los tribunales puedan adjudicar la custodia de manera justa y responsable, ya sea en exclusividad o compartida, a falta de acuerdo entre los guardianes de esta.
La codificación de esta figura es un paso importante y no debe quedarse a medias. Exhortamos a la Asamblea Legislativa a seguir adelante con la labor que ha comenzado y proporcionar a los tribunales pautas claras para que puedan tomar decisiones justificadas en cuanto a la custodia de las mascotas que, eventualmente, pasarán por sus salas de juicio.
Las mascotas desempeñan un papel fundamental en las familias puertorriqueñas, y es meritorio que la Legislatura continúe legislando sobre este asunto emergente, relevante, y sensible.
Para lograrlo, recomendamos la creación de una ley especial con criterios de evaluación análogos a los de la Ley Núm. 223-2011.
A continuación, facilitamos ejemplos considerables de posibles criterios ante la falta de legislación sobre el asunto:
La disponibilidad de criterios claros para evaluar la custodia de las mascotas en Puerto Rico brinda confianza en nuestro sistema judicial a los guardianes, y seguridad a los jueces, al tomar decisiones que afectan el bienestar de estos seres tan queridos.
Además, la legislación de estos factores puede contribuir a la concienciación sobre la responsabilidad física, emocional, y económica que conlleva tener una mascota y fomentar un trato adecuado hacia ellas.
Por consiguiente, un mejor país.