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El Departamento de Desarrollo Económico y Comercio (DDEC) inició el proceso de desembolso del incentivo de $1,500, a partir de un fondo total de $60 millones destinado a pequeñas y medianas empresas afectadas por el cierre decretado por el COVID-19.
Esta misma semana, se están desembolsando aproximadamente $19 millones correspondientes a más de 14,000 solicitudes presentadas a través del portal www.refuerzoeconomico.com.
Se estima que el total de fondos de este incentivo impactará a más de 45 mil pequeños y medianos comerciantes.
Ya se han transferido a las cuentas bancarias aproximadamente $7.8 millones y se estarán transfiriendo otros $9 millones. A finales de esta semana, se transferirán otros $2.7 millones. Se espera que ya, para la semana que viene, se desembolsen los $60 millones.
El Programa de Desarrollo Laboral del DDEC ya tiene disponible el formulario para que patronos puedan solicitar reembolsos por la compra de equipo necesario para garantizar la continuidad de sus negocios y evitar cesantías en medio de la emergencia por el COVID-19. El formulario está disponible en el portal refuerzoeconomico.com.
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El Fondo de Prevención de Cesantías COVID-19, inicialmente tiene asignados $8 millones del Programa de Respuesta Rápida, así como del Programa de Trabajadores Desplazados del Título 1-B de la Ley de Innovación y Oportunidades de la Fuerza Laboral (WIOA), que administra el DDEC, por conducto de Desarrollo Laboral.
La ayuda se ofrecerá a modo de reembolso por la adquisición de equipo de protección personal como mascarillas, batas y productos desinfectantes, compra de materiales de oficina y equipo electrónico que promuevan el distanciamiento social.
Se proveerán fondos para la compra de programas o aplicaciones de software y gastos de adiestramiento que un empleado pueda trabajar a distancia, para la compra de suministros de limpieza y para pagar un seguro de responsabilidad pública adicional.
Los interesados en recibir aportación económica tienen que ser patronos bonafide con 500 empleados o menos (incluyendo aquellos que trabajan por cuenta propia), no tener deudas con el gobierno de Puerto Rico o tener un plan de pago al día, y que pueda demostrar que los gastos extraordinarios incurridos para mantener su operación o para retomarla pudieran tener como consecuencia la cesantía de su capital humano.
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