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La Comisión de Asuntos de Vida y Familia aprobó hoy, martes, el informe positivo con enmiendas al Proyecto del Senado 693, que busca definir "etapa gestacional de viabilidad" de un feto y prohibir terminar un embarazo cuando el feto se encuentre en la etapa gestacional de viabilidad.
El informe, obtenido por Microjuris al Día, recoge los comentarios del Departamento de Salud, la doctora Rosalina Varcácel, el licenciado Carlos Péres, el licenciado Héctor Reichard de Cardona, licenciada Marlene Gillette-Ibern del Centro Guadalupe / Human Life International, a la Oficina de Servicios Legislativos y las organizaciones Mujeres por Puerto Rico y Cree Women’s Care.
Lee aquí el informe positivo de la medida
Según señala el informe, el Departamento de Justicia no proveyó un memorial explicativo, por lo que la Comisión dio por entendido que el DJ avaló el proyecto, y así lo hizo constar en su informe.
Además, apunta el informe, que Rosario A. Vélez Rosado, ex directora del Centro Raquel, envió un Memorial Explicativo a favor del Proyecto. Por su parte, según el informe un día antes de la Reunión Ejecutiva para la votación en Comisión, Campaña Nacional por el Aborto Libre, Seguro y Accesible envió un memorial explicativo en oposición al Proyecto. De igual manera, la organización MATRIA, tardíamente, envió un memorial en oposición a la Medida.
El informe indica que, tras analizar los memoriales recibidos, no encontraron impedimento médico, ni legal alguno para la aprobación del Proyecto del Senado 693.
Según el informe, el proyecto sigue los precedentes de 16 estados que han legislado al amparo de esta etapa gestacional, y todos han sobrevivido los retos constitucionales en los tribunales.
A su vez, menciona el informe, 18 estados prohíben la terminación del embarazo a partirde la viabilidad del concebido, sin establecer una etapa gestacional específica, lo que podría ser antes o después de la semana 22.
Según el informe, el licenciado Reichard de Cardona, ex Secretario de Justicia de Puerto Rico planteó que el PS 693, "dibuja un balance de intereses protegidos por el estado y cobijados, en parte, por la Sección 7 del Artículo II de nuestra Constitución en su Carta de Derechos. Explicando que estos intereses son principalmente los del nasciturus, su madre y la profesión médica. Destaca que el Proyecto, también está en consonancia con lo dispuesto en el Artículo 70 del Código Civil 2020".
Por su parte, el informe expone que la doctora Valcárcel expresó en su memorial que considera apremiante documentar con especificidad y puntualidad las indicaciones médicas para la terminación de los embarazos, al igual que documentar la etapa gestacional del concebido y los métodos disponibles que fueron considerados a incluirse en el Registro de Terminación de Embarazo en Etapa Gestacional de Viabilidad.
Para la especialista la creación del Registro es fundamental para tener en Puerto Rico estadísticas fidedignas en cuanto a las terminaciones de embarazos, sus causales y quienes lo realizan. La doctora también recomendó incluir las sanciones o penalidades para de esta manera hacer valer lo decretado en la Ley.
Por su parte, la organización Mujeres por Puerto Rico, según muestra el informe, presentó un análisis sobre las herramientas médicas y tecnológicas que permiten que un "nacido vivo en un proceso de aborto tardío" tenga una mayor oportunidad de viabilidad. La organización enumeró sus fundamentos para apoyar la medida.
"Queda claro la deplorable deshumanización no sólo del que está en el vientre, del cual su madre ha adquirido la "legalidad" para abortarlo, sino del que sí nace vivo y que igualmente adquiere personalidad jurídica por el hecho de nacer y que además tiene un alto potencial de viabilidad", sostiene la organización, según consta en el informe.
El Departamento de Salud (DS) afirmó que algunos aspectos que el proyecto busca atender ya están reconocidos en el Código Civil, el Código de ética de para los Médicos en Puerto Rico. Según el DS, el proyecto propone regular la terminación de los embarazos con un periodo de gestación de 22 semanas o más sustentándose en el concepto de viabilidad, usando la edad gestacional, sin embargo, el DS señala que el proyecto no contempla otros criterios, no médicos, como las condiciones socioeconómico que hacen posibles el acceso a
tecnologías.
A su vez, el DS avaló dejar en manos exclusivas del profesional médico la decisión de determinar la viabilidad del feto, y cita al Colegio Americano de Obstetras y Ginecólogos: "De acuerdo con el Colegio Americano de Obstetras y Ginecólogos (ACOG, por sus siglas en inglés) es una determinación médica la decisión de si existe o no esta capacidad, puede variar con cada embarazado y es un asunto para el juicio del proveedor de salud responsable".
Por otra parte, la organización Centro Guadalupe Vida y Familia planteó que el Estado tiene un interés legítimo en proteger la vida de la madre en todo lo referente al embarazo, y basado en en tal interés legítimo el Estado no puede permitir la práctica del aborto procurado. En cuanto a la viabilidad, el Centro Guadalupe considera que dicho término sugiere que es posible interpretar que la vida del concebido cobra mayor valor a partir de ese momento.
Campaña Aborto Libre, Seguro y Accesible expresó que el proyecto de ley se enfoca en quitarles derechos a las mujeres y personas gestantes más vulnerables, en vez de utilizar la educación en salud sexual y reproductiva como enfoque preventivo en las personas jóvenes para evitar embarazos no deseados.
El proyecto prohíbe que se lleve a cabo la terminación del embarazo en "etapa gestacional de viabilidad".
La propuesta legislativa define "etapa gestacional de viabilidad" como "aquel concebido que ha alcanzado un estado de gestación y desarrollo intrauterino que a juicio de un profesional médico licenciado en Puerto Rico le permitiría mantenerse vivo independiente de la madre, con o sin ayuda de métodos artificiales para la preservación de su vida". Además, aclara que todo concebido de 22 semanas o más será considerado viable. Incluso, si el desarrollo médico posibilita la viabilidad más temprano, la etapa se ajustará. La medida sólo permitirá el procedimiento en esta etapa si la terminación de embarazo está fundamentada en la determinación médica más apropiada para la preservación de la vida de la madre ante una emergencia médica.
La persona profesional de la medicina que practique el procedimiento deberá documentar con especificidad y puntualidad las indicaciones médicas que hacen del proceso de terminación de embarazo la determinación médica más apropiada para la preservación de la vida de la madre.
La nueva ley requerirá que toda terminación de embarazo en etapa gestacional de viabilidad se reporte en un registro que custodiará el Departamento de Salud (DS).
La propuesta legislativa fue radicada el 6 de diciembre del año pasado. La Comisión de Asuntos de Vida y Familia del Senado es presidida por la senadora Joanne Rodríguez Veve, autora de la medida.
Además de Rodríguez Veve, figuran como autores de la medida las senadora Keren Riquelme del Partido Nuevo Progresista (PNP); los senadores del Partido Popular Democrático (PPD), José Luis Dalmau Santiago, Rubén Soto Rivera, Ramón Ruiz Nieves y Albert Torres Berríos; y el senador del PNP Thomas Rivera Schatz.
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