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¿Cómo la propiedad intelectual podría afectar una impugnación electoral en Estados Unidos?

12 de noviembre de 2020
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Por la licenciada Mónica Ramos Benítez (Ferraiuoli LLC)

Tras casi una semana de conteo de votos, el sábado, 7 de noviembre de 2020 se anunció que el candidato Joe Biden fue electo como el próximo presidente de Estados Unidos. Como era de esperarse, el actual presidente Donald J. Trump informó que estará impugnando los resultados de las elecciones ante el Tribunal Supremo de Estados Unidos (TSEU).

Entre tensiones políticas y preocupaciones de contagio por el COVID-19, este año electoral rompió el récord de personas que optaron por el voto adelantado, ya sea por correo o físicamente.

El conteo de los millones de votos recibidos, incluyendo los de aquellas personas que votaron presencialmente el día de las elecciones, dependen principalmente de máquinas diseñadas por empresas privadas que facilitan el proceso contando los votos electrónicamente.

Para proveer sistemas y máquinas de votación a los diferentes estados de los Estados Unidos, las compañías como Dominion Voting Systems Corp. y Election Systems & Software, Inc. (ES&S) deben registrarse con la Comisión de Asistencia Electoral de los Estados Unidos y cumplir con su Programa de Prueba y Certificación.

Ahora bien, estas máquinas corren con unos sistemas de programación o software, cuyo código fuente (source code) no tan solo es propiedad intelectual protegida de estas compañías por vía de los derechos de autor, sino también como un secreto comercial protegido por legislación estatal y federal, lo que puede presentar un obstáculo durante los pleitos que se propone instar Donald J. Trump para impugnar los resultados electorales.

En la mayoría de las elecciones, las leyes de propiedad intelectual que protegen el código fuente del software para el sistema digital electoral de Estados Unidos son inconsecuente al determinar quién es el candidato electo.

No obstante, ante la situación actual en que el conteo de los votos en sí está siendo cuestionado, con gran probabilidad tendrán que acceder al código fuente del software de las máquinas de votación para determinar si hubo un error, una falla de seguridad o incluso manipulación intencionada detrás de las alegadas irregularidades.

El código fuente de un software puede ser considerado un secreto comercial o de negocio, protegido por las leyes de propiedad intelectual si el dueño así lo ha mantenido.

Un secreto comercial es toda aquella información que (i) deriva un valor económico independiente o una ventaja comercial, ya que (ii) no es de conocimiento común o accesible por medios apropiados, y (iii) su confidencialidad ha sido protegida mediante medidas razonables de seguridad.

La protección de los secretos comerciales se rige mayormente a nivel estatal a base del Uniform Trade Secrets Act, que es una legislación modelo que ha sido adoptada por 49 estados de los Estados Unidos y el Distrito de Columbia.

A nivel federal, existe el Defend Trade Secrets Act of 2016, que crea una causa de acción civil federal en contra de cualquier persona, natural o jurídica que se apropie indebidamente de un secreto comercial.

El dueño de un secreto comercial tiene el derecho a prevenir que el secreto se adquiera o acceda a través de medios inapropiados, a controlar su divulgación y controlar su uso.

Además, durante un litigio, el dueño de un secreto comercial puede invocar el privilegio de secretos de negocio para prevenir su descubrimiento o limitarlo.

Ante un reclamo de privilegio de secretos de negocio, los tribunales pueden prohibir que la información que constituye el secreto sea divulgada durante el descubrimiento de prueba o podrían emitir una orden protectora que establezca el alcance y los límites del descubrimiento.

Por tanto, además del litigio en sí para impugnar los resultados electorales, el equipo legal de Donald J. Trump se podrá enfrentar a una controversia adicional y separada con compañías como ES&S, solo para lograr acceso al código fuente del software de sus máquinas y sistemas de votación.

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