Como parte del proceso de asistencia por desastre, la Agencia Federal para el Manejo de Emergencias (FEMA, por sus siglas en inglés) debe determinar la titularidad de las residencias principales afectadas y ocupación de las residencias principales dañadas.
Los propietarios y los inquilinos deben poder demostrar que ocupaban la residencia principal dañada por el desastre antes de recibir la Asistencia de vivienda y algunos tipos de Asistencia para otras necesidades. FEMA ahora acepta una amplia gama de documentación.
«FEMA está comprometida a garantizar la equidad en su programa y servicios y ha establecido medidas para reducir las barreras de acceso que experimentan las poblaciones desventajadas».
FEMA verifica la titularidad a través de la inspección, los registros públicos y gubernamentales automatizados o los documentos presentados, como la escritura, el título, la libreta de pagos de la hipoteca, el recibo del impuesto sobre la propiedad o la factura del impuesto sobre la propiedad y el seguro de la estructura de la propiedad inmobiliaria, entre otros.
Titularidad
- Los propietarios de vivienda pueden proporcionar documentación oficial, tal como:
- La escritura original o la escritura fiduciaria de la propiedad
- Estado de la hipoteca
- Recibo del impuesto sobre la propiedad o factura del impuesto sobre la propiedad
- Certificado o título de vivienda prefabricada
- Además, FEMA ahora aceptará una carta de un funcionario público o recibos por reparaciones mayores o mejoras. La declaración del funcionario público (por ejemplo, un policía, alcalde o administrador de correos) debe incluir el nombre del solicitante, la dirección de la residencia dañada por el desastre, el período de ocupación y el nombre y número de teléfono del funcionario que proporciona la verificación.
- Los sobrevivientes con propiedades heredadas, casas rodantes o remolques de viaje, quienes no tienen la documentación de titularidad original, podrán autocertificar su titularidad como último recurso.
- Los propietarios de vivienda con la misma dirección de un desastre anterior solo necesitan verificar su titularidad una sola vez.
Ocupación
- Los propietarios de vivienda e inquilinos deben documentar que ocupaban la vivienda al momento del desastre.
- Los solicitantes pueden proporcionar documentación oficial de ocupación, tal como:
- Facturas de servicios públicos, estados de cuentas bancarias o de tarjetas de crédito, facturas de teléfono, etc.
- Declaración del patrón
- Acuerdo de arrendamiento por escrito
- Recibos del alquiler
- Declaración de un funcionario público
- FEMA ahora aceptará registros de vehículos de motor, cartas de escuelas locales (públicas o privadas), proveedores de beneficios federales o estatales, organizaciones de servicios sociales o documentos legales.
- Los solicitantes también pueden utilizar una declaración firmada por un dueño de parque comercial o de casas rodantes, o la autocertificación para una casa rodante o remolque de viaje como último recurso.
- Si los sobrevivientes han verificado exitosamente su ocupación con FEMA durante un desastre anterior dentro de un período de dos años, no tienen que verificarla de nuevo.
Las personas afectadas por el huracán en los 78 municipios de Puerto Rico pueden solicitar asistencia descargando la aplicación móvil de FEMA, en línea en DisasterAssistance.gov/es, o llamando al 1-800-621-3362.
Las personas que utilicen un servicio de retransmisión, como el servicio de retransmisión de vídeo (VRS), el servicio telefónico con subtítulos u otros, deben proporcionar a FEMA el número de dicho servicio.
Las líneas telefónicas funcionan de 7:00 a.m. a 2:00 a.m. los siete días de la semana.