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¿Cómo se escoge el(la) nuevo(a) presidente para la Comisión Estatal de Elecciones?

03 de septiembre de 2020
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La renuncia del licenciado Juan Ernesto Dávila Rivera provoca interrogantes sobre cómo se escogerá la próxima presidenta o presidente de la Comisión Estatal de Elecciones (CEE).

El nuevo Código Electoral provee la respuesta.

El detalle es que todos los términos del proceso se reducirán a la mitad porque quedan menos de 120 días para una elección general y el plebiscito.

POR VOTO UNÁNIME

El punto 3 del artículo 3.7 del nuevo Código Electoral establece que —cuando surja una vacante en la presidencia de la CEE— el comisionado electoral del partido que obtuvo el mayor número de votos íntegros en la papeleta estatal (durante la elección anterior) deberá proponer a los restantes comisionados el o los nombres de los candidatos al cargo vacante.

Se requerirá un voto unánime para hacer el nombramiento de la presidencia de la comisión.

Antes de los 120 días para una elección general o un plebiscito, los comisionados tendrían 30 días para la decisión.

Ahora tienen 15 días.

ANTE LA GOBERNADORA

Si los comisionados electorales no logran la unanimidad, la gobernadora —Wanda Vázquez Garced— deberá hacer el nombramiento para cubrir el cargo vacante.

La gobernadora debería hacer los nombramientos antes de que se cumplan los 15 días naturales a partir del vencimiento del término que tengan los comisionados electorales.

Pero en este caso, se reducirá el tiempo a la mitad porque faltan menos de 120 días para la elección general.

ANTE LA ASAMBLEA LEGISLATIVA

El nombramiento de la gobernadora requerirá el consejo y consentimiento de 2/3 del total de los miembros de ambas cámaras en la Asamblea Legislativa.

El acuerdo de las 2/3 de la Asamblea Legislativa debería lograrse antes de que se cumplan 15 días naturales.

Pero a menos de 120 días para la elección, será la mitad de los 15 días.

ANTE EL TRIBUNAL SUPREMO

En ausencia de un nombramiento de la gobernadora o el consejo y consentimiento legislativo, el pleno de los miembros del Tribunal Supremo de Puerto Rico (TSPR) deberán elegir por mayoría de sus votos a un juez o jueza para ocupar el cargo.

La votación del pleno del Tribunal Supremo debería realizarse —en otras circunstancias— en 15 días o menos.

Sin embargo, los 15 días se reducen a la mitad porque faltan menos de 120 días para la elección general.

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