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¿Cómo se pagan indemnizaciones si una persona no tiene dinero para pagar?

18 de julio de 2024
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Por Daniel Rivera Vargas

Los pleitos judiciales a veces terminan con la determinación de que una parte debe pagarle a la otra. Pero, ¿qué sucede si la parte perdedora no puede pagar la indemnización impuesta?

El licenciado Rolando Emmanuelli Jiménez, quien se especializa en áreas como daños, perjuicios y quiebras, habló sobre las opciones disponibles para los ciudadanos ante esta disyuntiva.

Lo primero que puntualizó Emmanuelli Jiménez es que una persona que no puede pagar una indemnización no irá a la cárcel.

«Aquí se prohíbe la cárcel por deuda, que es una conquista del liberalismo democrático, de la defensa de los derechos que se desarrollaron a partir de la revolución francesa y la constitución americana porque antes en muchas partes del mundo la cárcel era el remedio extremo para el que no pagaba la deuda, se pagaba con el cuerpo. Entonces, en Puerto Rico en el 52 se prohibió este tipo de castigo. La insolvencia no te lleva a que caigas en la cárcel», sostuvo Emmanuelli Jiménez.

La única excepción a esta prohibición de encarcelamiento por deuda —una deuda privilegiada, como la describió— es cuando una persona debe pensión alimenticia, sostuvo el letrado. La razón por la que es diferente es que no se considera la cárcel por la cantidad adeudada en sí, sino por el incumplimiento de la orden judicial de pagar la pensión. Esto se considera desacato, lo cual sí permite encarcelar a alguien, sostuvo.

Emmanuelli Jiménez indicó que cuando una persona recibe una sentencia que la obliga a pagar una cantidad y no lo hace, la otra parte puede solicitar remedios adicionales al tribunal, como la congelación de sus cuentas y el embargo de sus bienes.

Puede tratarse de casos en los que una persona tiene bienes, pero no suficientes para pagar la indemnización. En estos casos, la persona que debe pagar la indemnización puede acogerse a la protección de la ley federal de quiebras.

Esto permite que la obligación de pagar la indemnización judicial se incluya entre otras obligaciones del acreedor y, mediante las disposiciones de la ley de quiebras, se pague lo que se pueda.

«La quiebra permitirá reorganizar todas las deudas que tiene y poner en un Capítulo 13 u 11 pagar lo que permita el ingreso disponible, y lo que no se permite se descarga. En un Capítulo 7 pues se liquida todo en pública subasta, afirmó.

Además de las protecciones de la ley federal, los ciudadanos tienen protecciones estatales y, en algunos casos, pueden optar por uno u otro mecanismo.

Por ejemplo, una persona puede proteger su casa de ser embargada por un reclamo de indemnización mediante un acta de hogar seguro. Aunque esta no protege contra reclamos hipotecarios, en el caso de una demanda por daños y perjuicios, la casa del deudor está protegida.

Igualmente, bajo disposiciones del Código Civil, explicó Emmanuelli Jiménez, no se puede embargar el carro de una persona cuando este lo usa para su trabajo. Tampoco se puede embargar artículos que use para trabajar, explicó.

Añadió que hay personas que sencillamente no tienen nada para pagar. En esos casos, no quedan muchas opciones para quien está reclamando y esperando un pago, excepto esperar a que la persona, en un futuro cercano, tenga algún bien embargable.

Esto coloca al acreedor en una posición de vigilancia constante sobre el deudor, para detectar cuando adquiera algún bien que pueda embargarse y así tratar de recuperar lo que se le debe.

«Con meramente no tener nada el acreedor se ve imposibilitado de cobrar», dijo Emmanuelli. «Las obligaciones personales, si no cambió con el Código Civil nuevo, tiene 15 años (para reclamarlo), en ese sentido, el que tiene un crédito, tiene el poder de ejercitarlo sobre bienes futuros del deudor».

«Si el deudor no tiene activo, ese deudor no tiene que pagar y el acreedor no va a poder cobrar, salvo que en el futuro consiga algo y la persona se puede embargar. En la alternativa si tiene activos, y el deudor los quiere proteger, entonces tiene la quiebra», concluyó.

 

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