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Condominios tendrían que aprobar plan de desalojo en casos de terremotos o tsunamis

15 de septiembre de 2023
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El representante José Hernández Concepción presentó una pieza legislativa que propone enmendar la Ley de Condominios de Puerto Rico con el fin de hacer obligatorio que los condominios sometidos al régimen de propiedad horizontal aprueben un plan de desalojo en caso de terremoto y/o tsunami, que deberá ser revisado cada cinco años y ser sometido al Departamento de Asuntos del Consumidor (DACO).

Se trata del Proyecto de la Cámara 1853, referido a la evaluación de la Comisión de Vivienda y Desarrollo Urbano de la Cámara.

Lee la medida aquí

Reza la medida que a raíz de los estragos que causaron en las estructuras horizontales el impacto de los huracanes Irma y María en septiembre de 2017, se desarrolló la Ley 129-2020, según enmendada, que establece la urgencia de mantener un plan de desastre y emergencia actualizad que debe actualizarse anualmente, conforme a lo dispuesto en el «International Fire Code 2009».

Además, la Junta de Directores de los condominios cobijados por la antes mencionada ley tienen la obligación de presentar ante DACO cada año para su registro, y el mismo debe contar, entre otras cosas, con un plan para el racionamiento de servicios básicos de agua y energía eléctrica en caso de interrupciones.

A su vez, destaca que en Puerto Rico existen alrededor de 8,000 estructuras consideradas propiedad horizontal, y que de esa cifra, aproximadamente 4,000 se encuentran bajo el amparo de la «Ley de Condominios».

Esta legislación busca continuar ajustando la Ley 129-2020 a situaciones emergentes en la convivencia de los condóminos, por lo que propone, considerando que la Isla se encuentra en un área de frecuente actividad sísmica, incluir un nuevo plan de desalojo en caso de terremoto y/o tsunami para que cada titular/residente de una estructura catalogada como propiedad horizontal pueda conocer, con detalle, las rutas de desalojo en caso de una emergencia sísmica.

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