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Conoce el nuevo código municipal de San Juan

29 de junio de 2023
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La Legislatura Municipal recibió un proyecto de ordenanza que actualiza el Código de Orden Público de San Juan, el cual limitaría horario de venta de bebidas alcohólicas, particularmente en aquellas zonas en las cuales no estaban reguladas.

Lee el documento aquí

«Este Código contempla modificaciones en las regulaciones relativas a la venta y expendio de bebidas alcohólicas, estableciendo un marco legal certero y uniforme, en la búsqueda de un balance entre la actividad comercial nocturna la tranquilidad en las zonas residenciales», reza el documento presentado ayer por el alcalde de la Ciudad Capital, Miguel A. Romero Lugo.

Se estableció que el horario para venta de bebidas alcohólicas será de domingo a miércoles hasta la 1:00 a.m. y si el lunes es feriado el domingo se extiende hasta las 2:00 a.m.

Mientras, los viernes y sábados será hasta las 2:00 a. m. El horario comienza todos los días a las 6:00 a. m.

Cabe destacar que los restaurantes, farmacias, supermercados y gasolineras podrán seguir operando y vender otros artículos sin vender bebidas alcohólicas. Estas disposiciones, sobre regulaciones a la venta de alcohol en negocios, existen en otros municipios del área metropolitana como Bayamón, Carolina, Caguas y Trujillo Alto.

De acuerdo al funcionario, decidieron atemperar estas reglas, ya que el ente vigente no ha recibido renovación a ninguna de sus disposiciones por más de 25 años.

Una de las características principales y de mayor importancia con la creación de este nuevo código es que el mismo recopila las ocho ordenanzas vigentes y lo aplica a toda la ciudad de manera uniforme.

Según explicó, actualmente, existen disposiciones que se contradicen o aplican ciertos temas de manera diferente en la misma zona debido a la demarcación geográfica de cada uno de los códigos.

Una vez el proyecto sea radicado, la Legislatura Municipal cumplirá con la solicitud del alcalde de que se lleve a cabo un proceso de Vistas Públicas que garantice la transparencia y participación ciudadana.

«Mediante la aprobación de este código se unifican y actualizan las ordenanzas municipales adoptadas con el propósito de contribuir a una mejor calidad de vida y convivencia pública entre residentes, comerciantes y visitantes».

Este código, además de uniformar las reglamentaciones municipales, cuenta con los mecanismos de evaluación constante, medidas de transparencia y mantener la ejecución a través de un comité evaluador que será nombrado por el alcalde.

Ambiental

Respecto al tema ambiental, este código, refuerza la presencia y la participación de la Oficina para el Cumplimiento y Planificación Ambiental del Municipio de San Juan al darle a los oficiales de cumplimiento ambiental la autoridad para multar sin necesidad previamente estipulada de tener un miembro de la uniformada presente.

La fiscalización y cumplimiento recae sobre esta división municipal a modo que por primera vez se podrán llevar a cabo operativos ambientales de la misma manera que la Policía Municipal de San Juan.

Asuntos adicionales

Varios de los asuntos en este código que serán atendidos son: ruidos innecesarios, manejo y disposición de desperdicios, prohibición de uso de cenizas, calidad de aire, emisiones de gases, olores y contaminantes; prohibición de NALED, Glifosato y Foam en cuerpos de agua, acciones ambientales complementarias.

Este último artículo le permite a la Oficina de Permisos del Municipio de San Juan y al Policía Municipal determinar si procede la suspensión de cualquier licencia, permiso o autorización, iniciar cualquier procedimiento administrativo u ordenar el cierre del establecimiento de ser aplicable y conforme a los procedimientos establecidos.

Este código atenderá, además, temas desde: manejo y disposiciones de desperdicios, limpieza y cuidado de espacios públicos, manejo de desperdicios en actividades multitudinarias, manejo y disposición de neumáticos y aceite usado, obras de construcción o demolición, arborización y vegetación, espacios públicos, obstrucción de trabajos de reparación en vías públicas, trabajos en la vía pública sin autorización o fuentes de aguas ornamentales o hidrantes.

Orientación

El Municipio y sus dependencias tienen planes de acción para efectuar sus responsabilidades y cumplimiento de todos los artículos de este Código luego de que la Legislatura Municipal apruebe el mismo.

Igualmente, se nombrará un «task force» como organismo preparado para lograr la educación a ciudadanos y comerciantes sobre lo que establece el código, así como impactar y lograr la convivencia ciudadana.

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