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Consideraciones laborales para patronos ante la reapertura parcial

22 de mayo de 2020
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Tras la publicación de la Orden Ejecutiva 2020-41, los empleadores en Puerto Rico deben prepararse para recibir empleados durante la reapertura parcial.

La abogada laboral Sashmarie Rivera-López, del bufete Schuster Aguiló – Littler, explicó a Microjuris.com las preocupaciones que pueden estar enfrentando patronos y empleados a la hora de reintegrarse al trabajo en el marco de la pandemia por COVID-19, a la vez que aconsejó medidas para atender los retos.

«Esto es un tema en desarrollo. Lo que puede ser un reto hoy, quizás no lo sea mañana. Van a llegar a un lugar de trabajo distinto, no es el que conocemos», explicó la abogada laboral de Schuster Aguiló – Littler.

Algunos puntos que la licenciada Rivera-López considera que los patronos deben tomar en cuenta son que:

  • La autocertificación que establece el Departamento del Trabajo y Recursos Humanos (DTRH) solo establece los parámetros mínimos. Cada patrono tiene que considerar las guías que ha publicado la Administración de Seguridad y Salud Ocupacional (OSHA, por sus siglas en inglés), según la industria.
  • Cuando el patrono no tenga control sobre alguna de las medidas que se le exigen a la industria, debe tomar acciones afirmativas para atender las exigencias. Por ejemplo, si un patrono solo alquila un piso de un edificio y debe tomar unos cuidados específicos sobre el aire acondicionado, debe comunicarse con la persona que administra el edificio para tomar acciones afirmativas sobre la medida requerida.
  • Los patronos deben considerar el aspecto humano de la pandemia.
    • Rivera-López sostuvo que los patronos deben considerar la preocupación del empleado en contraer el virus en la oficina, sobre si el patrono tomó las medidas suficientes para reducir el nivel de contagio, la falta de cuido de niños y la inseguridad laboral que puedan sentir.
    • Los patronos pueden considerar la instalación de divisores e intercalar los horarios.
    • La abogada señaló la necesidad de considerar las dificultades de transportación que puedan tener algunos empleados.
    • «Hablamos de reglamentación y exigencias legales, pero estos empleados están llegando a un lugar de trabajo distinto. Pueden estar viendo una plantilla laboral reducida y con reglas distintas. No vamos a poder almorzar juntos. Hay tantas cosas que van a cambiar que la cultura de trabajo. Eso crea estresores adicionales que habrá que considerar», explicó Rivera-López.

  • Enfatizar una política de puertas abiertas
    • La abogada sugirió que se abra el espacio para que los empleados dejen saber sus preocupaciones. Eso puede ayudar a identificar espacios de oportunidad para ver cómo se puede mejorar la operación.
    • El patrono debe desarrollar un plan comprensivo de control del COVID-19 para que, entre otras cosas, la persona empleada se sienta segura en su espacio de trabajo.
    • Rivera-López recomendó que las empresas establezcan alguna forma para ayudar psicológicamente a los empleados y que procuren el acomodo razonable, siempre que sea posible.

  • Los patronos deben atender las medidas que está aprobando la Asamblea Legislativa que impactan los lugares de trabajo a partir de la pandemia por COVID-19. Usted puede ver una lista de las medidas aquí. Están bajo la categoría de «LEGISLATIVO«.
  • Las empresas deben conocer los incentivos locales y federales para apoyar la gestión de los patronos que vuelven a trabajar. Usted puede conocer más a través del curso Incentivos y otras medidas económicas en tiempos de COVID-19.
  • La empresa puede desarrollar una política que atienda las publicaciones en redes sociales, según explicó Rivera-López. Esas políticas deben cumplir con el National Relations Labor Act y puede cobijar a empleados que trabajan en empresas que no tienen uniones.
  • El patrono puede estar en la encrucijada de decidir qué empleados se integrarán primero cuando se trate de una reapertura escalonada. Para Rivera-López, el criterio para decidir qué empleados o empleadas se reintegrarán primero debe ser la necesidad del negocio. Lo recomendable es documentar la necesidad del negocio y por qué se trae a un grupo primero y a otro después para evitar la reclamación de discrimen. La abogada recomendó cuidado con el acercamiento a las personas empleadas que estén bajo la categoría de mayor riesgo.
  • Aunque la Comisión para la Igualdad de Oportunidades en el Empleo de los Estados Unidos (EEOC, por sus siglas en inglés) ha validado que por el tiempo de la pandemia se le puede tomar la temperatura a los empleados, «en Puerto Rico, el derecho a la intimidad es de mayor jerarquía», explicó Rivera-López. Es altamente recomendable que el patrono tenga la autorización por escrito de los empleados para realizar pruebas de COVID-19 o tomar la temperatura.

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