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En muchas ocasiones acudimos al tribunal en búsqueda de justicia y resolución de disputas sin considerar la posibilidad de resolver las controversias utilizando los métodos alternos de resolución de conflictos. Aún cuando los métodos alternos de solución de conflictos resultan ser alternativas menos costosas, más flexibles y rápidas, pocas personas tienen la oportunidad de conocer y evaluar estos métodos alternos que están disponibles para resolver disputas civiles e incluso algunas criminales.
¿Cuáles son estos métodos alternos de solución de conflictos?
Debemos tener en cuenta que debido a la naturaleza del proceso adversativo del litigio, así como lo sobrecargado que se encuentra nuestro sistema judicial, los casos judiciales a menudo toman años en resolverse, aumentando los honorarios de abogados para las partes así como el costo en términos del recurso humano mientras que los métodos alternos resultan ser procesos mucho más acelerados y económicos para todos.
El Tribunal Supremo de Puerto Rico ha declarado que es política pública de la Rama Judicial fomentar la utilización de mecanismos complementarios al sistema adjudicativo tradicional con el fin de impartir justicia en una forma más eficiente, rápida y económica.
Los métodos alternos de resolución de conflictos, en ocasiones, pueden ser extremadamente útiles para la pronta disposición de controversias legales que no necesariamente requieren el trámite judicial para su resolución. Más aún, debido a que estos métodos alternos tienden ser flexibles y más sencillos que el proceso adjudicativo tradicional resultan ser más atractivos que la temida sala del tribunal. Por esto es que se hace necesario difundir e ilustrar a las personas acerca de los métodos alternos para solucionar sus conflictos, para que así todos puedan salir ganando de una controversia. Así las cosas, en nuestras próximas columnas estaremos desarrollando el tema de los métodos alternos como una alternativa al método tradicional con el fin de promulgar lo que entendemos en muchas ocasiones es una mejor manera de resolver los conflictos.
por la Lcda. María Judith (Nani) Marchand-Sánchez, Mediadora Certificada 1959, Ferraiuoli LLC