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El Contralor Electoral, Manuel A. Torres Nieves, emitió un boletín informativo a los efectos de aclarar el alcance de la decisión del Tribunal Supremo de los Estados Unidos en el caso McCutcheon v. Federal Election Commission:
En esta decisión, el Tribunal determinó que las disposiciones establecidas en la Ley federal, "The Federal Election Campaign Act of 1971 («FECA»), que limitan la cantidad máxima de candidatos o comités a los que los contribuyentes pueden hacer donaciones políticas, conocido como agregado, violenta la Primera Enmienda de la Constitución de los Estados Unidos, en específico el derecho a la libertad de expresión. No obstante, la decisión deja intacto el límite individual de donativos que actualmente es $2,600 a cada candidato, partido o comité.
En Puerto Rico los donativos con fines electorales están regulados por la Ley 222-2011, según enmendada, mejor conocida como "Ley para la Fiscalización del Financiamiento de las Campañas Políticas en Puerto Rico". De la determinación del Tribunal Supremo Federal en este caso no se desprende que aplica expresamente a nuestro sistema de financiamiento de campañas políticas y los límites que establece la Ley 222-2011, según enmendada. No obstante, reconocemos que este caso fue resuelto bajo los contornos de la Primera Enmienda, por lo cual podría obligar a otros estados y a Puerto Rico. Ante ese escenario estoy solicitando una Opinión al Secretario de Justicia de Puerto Rico sobre el alcance de dicha decisión con relación a nuestra ley." dijo Torres Nieves.
"La Constitución de Puerto Rico reconoce la existencia de los partidos políticos y por ende el poder de la Asamblea Legislativa para reglamentarlos. Las disposiciones relacionadas a los límites de un contribuciones responden a un interés del estado por evitar la influencia del inversionismo político y la posible corrupción que lo acompaña." puntualizó el Contralor Electoral.
El Contralor Electoral añadió que "en la propia decisión del Tribunal Supremo federal, se hizo referencia sobre límites similares en otras jurisdicciones estatales, sin que el Tribunal expresara que también eran inconstitucionales. De forma inmediata, y en lo que el Secretario de Justicia estudia la opinión solicitada, la Oficina del Contralor Electoral estará evaluando la forma en que las jurisdicciones estatales aplicarán esta decisión y estaremos emitiendo boletines informativos sobre este tema en el futuro a tono con el desarrollo del mismo".