» Ir al portal nuevo de Microjuris    OK

Corte Constitucional refirma derecho al aborto de víctimas de violencia sexual

22 de diciembre de 2015
COMPARTIR

Corte Constitucional refirma derecho al aborto de las víctimas de violencia sexualDesde el pasado 17 de diciembre de 2015, en Colombia es obligatorio el garantizar el acceso a servicios de salud gratuitos inmediatos, confidenciales, dignos e integrales sin necesidad de presentar una denuncia para ello. 

La Corte Constitucional de Colombia emitió la sentencia C-754 de 2015, obligando a los proveedores de salud que brinden los servicios médicos necesarios que requieran las víctimas de violencia sexual para su recuperación física y mental, incluyendo entre ellos el aborto.

Con ello, se reafirma el deber de cumplir con la Ley 1719, que dispone que las víctimas de violencia sexual pueden exigir –sin necesidad de presentar una querella o denuncia— servicios de salud integrales de forma gratuita, inmediata, confidencial y digna.

Esta sentencia surge de la demanda que cinco organizaciones de derechos humanos y derechos de las mujeres presentaron ante la aparente gravedad del problema en el país, de que no se seguía dicho protocolo. Entre las entidades demandantes se encuentran Women’s Link Worldwide, Dejusticia, La Corporación Humanas, Mesa por la Salud y la Vida de las Mujeres, Casa de la Mujer. Además, apoyaron la iniciativa organizaciones nacionales e internacionales de derechos humanos, la Iniciativa de las Mujeres Premio Nobel de la Paz, organizaciones médicas humanitarias y de apoyo psicosocial, acádemicos nacionales e internacionales y el mismo Ministerio de Salud también expresaron su apoyo a la demanda a través de dichas intervenciones ciudadanas. Además intervinieron ciudadanos y ciudadanas de Bogotá, Cauca, Tolima, Nariño, Valle, Meta y Chocó, quienes a través de intervenciones ciudadanas (amicus curiae) ante la Corte, expusieron argumentos basados en su trabajo directo con víctimas de violencia sexual y sus experiencias personales.

«De acuerdo con el Protocolo, ahora obligatorio, las víctimas de violencia sexual pueden reclamar, entre otros, acceso al aborto, exámenes y medicamentos para detectar y tratar infecciones de transmisión sexual y VIH/SIDA, anticoncepción de emergencia para prevenir embarazos y tratamiento para su salud mental, además todas las instituciones de salud del país deben contar con el personal suficiente que preste estos servicios, sin que puedan alegar objeción de conciencia institucional", expresaron las organizaciones demandantes en el caso.

Powered by Microjuris.com