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Creada la Ley del Bosque Modelo

04 de noviembre de 2014
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Bosque ModeloDescargar documento:

Crea la Ley del Bosque Modelo. Crea la Oficina del Bosque Modelo. Delimita los límites geográficos del Bosque Modelo. Declara el Bosque Modelo como área prioritaria para la planificación y el desarrollo sostenible, donde se promoverán actividades de educación, agricultura y turismo sostenible que armonicen con la protección del ambiente natural y que fomenten la calidad de vida de las comunidades y la importancia del rol de la ciudadanía en la conservación del paisaje.

La política pública forestal citada, en el año 1999 por primera vez los corredores ecológicos y biológicos fueron reconocidos como mecanismo para unificar los espacios forestales. La Ley 14-1999, conocida como "Ley para la Unificación de los Bosques Estatales de Maricao, Susúa, Guánica, Toro Negro, Guilarte y del Pueblo de Adjuntas", ordenó desarrollar y mantener la conectividad de la biodiversidad entre los citados Bosques. La referida Ley define un corredor biológico como el pasillo natural que une dos o más sistemas forestales con el propósito de expandir el hábitat de las especies, facilitando su libre reproducción y desplazamiento. Esta Ley reconoció, además, que debemos actuar para generar cambios culturales e individuales basados en el valor intrínseco que tienen todos los recursos naturales. Dichos cambios implican prácticas nuevas, a través de las cuales estrecharemos nuestra relación con los sistemas naturales que nos rodean. Aplicando estos principios ecológicos, en el año 2004 Casa Pueblo propuso, y la Junta de Planificación aprobó, el Plan de Conservación de Áreas Sensitivas para Adjuntas y Municipios Adyacentes, que incluye el primer corredor ecológico de Puerto Rico y une el Bosque del Pueblo en Adjuntas con los Bosques de Toro Negro, Tres Picachos, La Olimpia y Guilarte, abarcando treinta y seis mil setecientas cuarenta y ocho (36,748) cuerdas de terreno en diez (10) municipios. Esta Ley pretende incrementar la conectividad de las veintiséis (26) áreas naturales ya protegidas en la región, que se conocerá como el Bosque Modelo de Puerto Rico, por medio de estrategias de conservación y uso sustentable en los terrenos públicos y privados circundantes. Aunque el Bosque Modelo contiene dentro de su delimitación una red de áreas naturales ya protegidas y administradas por el DRNA, es importante aclarar que este Bosque no constituye una designación de un área natural protegida tradicional, sino que busca promover una política pública de desarrollo sustentable bajo una visión de un "bosque con gente". A través de dicha política pública, se busca, además, establecer mecanismos de coexistencia entre las prácticas comerciales, industriales, agrícolas convencionales, agroecológicas y sustentables, para lograr así un desarrollo autosuficiente.

Por otro lado, la sustentabilidad propuesta para la región del Bosque Modelo está reconocida como política pública del Estado Libre Asociado en otras leyes. A modo de ejemplo, la Ley 416-2004, según enmendada, conocida como "Ley sobre Política Pública Ambiental".

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