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Créditos contributivos por la inversión en viviendas de alquiler para envejecientes

04 de junio de 2015
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Construcción o remodelaciónDescargar documento: Enmienda la Ley de Créditos Contributivos por Inversión en la Nueva Construcción o Rehabilitación de Vivienda para Alquiler a Familias de Ingresos Bajos o Moderados

Cambia su nombre a Ley de Créditos Contributivos por Inversión en la Construcción o Rehabilitación de Vivienda para Alquiler a Familias de Ingresos Bajos o Moderados y de Créditos Contributivos por Inversión en la Adquisición, Construcción o Rehabilitación de Vivienda Asequible para Alquiler a Personas de Edad Avanzada. Extiende la concesión de créditos por toda inversión en la adquisición, construcción o rehabilitación de vivienda asequible para alquiler a personas de edad avanzada.

La Ley 140-2001, según enmendada, fue creada con el propósito de darle un impulso a la oferta de viviendas de interés social destinada a alquiler para Familias de Ingresos Bajos o Moderados mediante la concesión de créditos contributivos por inversión en la nueva construcción o rehabilitación de vivienda.

Ahora bien, es una realidad que Puerto Rico envejece cada vez más. La población puertorriqueña cada vez tiene más personas de edad avanzada y las necesidades para este grupo siguen latentes y sin atenderse de manera eficaz. Según los resultados del Censo del 2010, Puerto Rico tiene unos 3.7 millones de habitantes, de los cuales cerca de 1.2 millones tienen 50 años o más. Es decir, el treinta y tres (33%) por ciento de la población total del País se encuentra bajo la categoría de Persona de Edad Avanzada.

Pese a que la población en Puerto Rico se redujo por unas 82,821 personas en el Censo del 2010 al comparar con el Censo del 2000, hubo un incremento en la población de edad avanzada. En el 2020 se proyecta que habrá alrededor de 983,130 personas con 65 años o más en el País y en 36 años, la población entre 75 a 85 años en Puerto Rico se habrá triplicado.

Existe una necesidad urgente de desarrollar y proveer viviendas asequibles para nuestros envejecientes. El inventario actual de viviendas no permite ofrecer las oportunidades de adquirirlas, por lo que con la aprobación de éstos incentivos contributivos finalmente esta Asamblea Legislativa atiende una de las principales problemáticas, que es la falta de vivienda para la población de mayor crecimiento.

esta medida proporciona incentivos contributivos para alentar el desarrollo de viviendas para personas de edad avanzada, limitando a su vez el riesgo financiero del Estado Libre Asociado al ofrecer incentivos contributivos específicos y cuantificables a partir del comienzo de un proyecto aprobado y así evitar el ofrecimiento de garantías basadas en el desempeño operativo futuro de cualquier proyecto o garantías de préstamos a estos proyectos cuando no son cuantificables al inicio del mismo. Las enmiendas contenidas en esta legislación tendrán el efecto de ampliar la concesión de créditos contributivos por toda inversión en la adquisición, construcción o rehabilitación de vivienda asequible para alquiler a las Personas de Edad Avanzada.

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