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¿Cuál es el estatus de los dos proyectos sobre el aborto?

09 de diciembre de 2021
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El Senado de Puerto Rico se proponía atender en la pasada Sesión Legislativa dos proyectos que buscan prohibir que menores se realicen un aborto y otro que proponía requerir la intervención de al menos uno de los padres que ostente la patria potestad o del custodio legal de una menor de 18 años edad, al momento de consentir que se realice un aborto.

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Sin embargo, el Proyecto del Senado 591 fue retirado por sus autores en la sesión del lunes, 6 de diciembre.

Mientras, el Proyecto del Senado 495 aún se encuentra ante la Comisión de Vida y Familia que preside la senadora Joanne M. Rodríguez Veve, según informó la directora de la Oficina de Prensa y Comunicaciones del Senado, Jenniffer N. Cortés Virella.

Presentan proyecto para prohibir terminar un embarazo si el feto se encuentra en etapa de "viabilidad"

El Proyecto del Senado 591, presentado por el senador Thomas Rivera Shatz y la senadora Keren Riquelme, establecía que ningún médico con licencia para practicar medicina en Puerto Rico podría realizar un aborto de una menor no emancipada, a menos que obtenga el consentimiento por escrito de la menor y de su padre o madre con patria potestad o la persona con custodia legal.

La persona menor embarazada podrá solicitar ante un tribunal de justicia una resolución permitiéndole abortar sin el consentimiento de su madre, padre o tutor.

El Proyecto del Senado 495, de la autoría de la senadora Joanne Rodríguez Veve, se radicó el 22 de julio de 2021 y propone requerir la intervención de al menos uno de los padres que ostente la patria potestad o del custodio legal de una menor de 18 años edad, al momento de consentir que se realice un aborto.

En cambio, Rodríguez Veve, José Luis Dalmau Santiago, Rivera Schatz, Rubén Soto Rivera, Ramoncito Ruiz Nieves, Riquelme Rivera y Albert Torres Berríos anunciaron la semana pasada que presentarán un proyecto de ley para para darle derechos a los no nacidos.

"En estas etapas avanzadas del embarazo el procedimiento de aborto generalmente se realiza a través de métodos inhumanos que conllevan inyecciones letales para el feto, desmembramientos y quemaduras fatales", señaló la senadora Rodríguez Veve.

El proyecto que se presentará dispone que en Puerto Rico no se llevará a cabo la terminación de un embarazo cuando el bebé por nacer se encuentre en la etapa gestacional de viabilidad, es decir, cuando ya podría sobrevivir fuera del vientre de la madre.

En Planned Parenthood v. Casey, 505 U.S. 833 (1992), el Tribunal Supremo de Estados Unidos sostuvo que, a partir de la viabilidad del concebido, el Estado puede actuar en consecución del interés de preservar la «potencialidad de la vida humana», regulando e incluso prohibiendo, la terminación de un embarazo en etapas gestacionales tardías, excepto cuando dicha práctica sea necesaria, según la determinación médica más apropiada para la preservación de la vida de la madre.

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