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Por Angel Ortiz Guzmán
Abogado y notario
La participación ciudadana es clave a la hora de fomentar la responsabilidad en el ejercicio de la política, tanto de parte de los representantes electos para actuar conforme a la voz del Pueblo, como de este último, que expresa sus decisiones mediante la votación en consultas, referendos o en las elecciones.
De hecho, los gobiernos con baja o nula participación ciudadana pueden actuar a sus anchas, incurrir en la corrupción impunemente o distanciar sus políticas de las necesidades reales del pueblo, lo cual suele conducir a gobiernos ineficaces e incapaces de brindarle bienestar a la gente.
La organización y participación ciudadana es clave para mejorar la relación entre ciudadanos y gobernantes, legitimar la acción de estos últimos y fortalecer el ejercicio democrático y republicano, disminuyendo la cantidad de corrupción e impunidad y garantizando el cumplimiento de los derechos civiles consagrados en nuestra Constitución.
En Puerto Rico donde no existen las iniciativas de ley o iniciativas populares, poseemos los denominados "Proyectos y Resoluciones por Petición" que no son otra cosa que las medidas legislativas (proyectos o resoluciones) presentadas a petición de un ciudadano, grupo u organización que tenga interés en un asunto en particular.
El proyecto por petición es una de las distintas modalidades de medidas legislativas que contempla la Constitución de Puerto Rico junto a los proyectos y resoluciones de iniciativa de los representantes y senadores, los proyectos presentados por el Gobernador o Gobernadora conocidos como los proyectos de administración que son en gran medida las propuestas del programa de gobierno y los compromisos contraídos durante la campaña electoral.
En el encabezamiento de los proyectos por petición se hace constar el nombre del legislador que aparezca como autor o autora, la frase "Por Petición" y se menciona el nombre de la persona u organización que solicita la consideración de la medida. Aun cuando se requiere que el proyecto por petición sea radicado por un legislador esto no significa que dicho legislador necesariamente respalde personalmente la medida, sino que más bien actúa como un intermediario con el propósito de facilitar su presentación y trámite.
El proyecto por petición pasa por el proceso legislativo ordinario, incluyendo la aprobación en ambos cuerpos legislativos y la firma del Gobernador para convertirse en ley. En resumen, un proyecto por petición es una propuesta legislativa presentada por un legislador en nombre de un ciudadano o grupo lo cual no altera en nada el procedimiento de análisis, debate y aprobación legislativa.
Durante los últimos años, en la medida que se ha promovido más la participación ciudadana en el proceso legislativo el número de leyes que se iniciaron como proyectos por petición ha aumentado considerablemente. Un estudio informal realizado a través del Sistema Único de Trámite Legislativo (SUTRA) de la Oficina de Servicios Legislativos (OSL) reflejó que durante el cuatrienio del 2021-2024 cuarenta y nueve (49) proyectos por petición se convirtieron en leyes de iniciativa ciudadana.
En lo que va del presente año (2025) se han presentado ciento sesenta y siete (167) proyectos y resoluciones por petición de las cuales ocho (8) ya se han convertido en leyes aprobadas.
¿Qué podemos recomendar para que haya una mayor participación ciudadana a través de los proyectos por petición? La respuesta se encuentra en el desarrollo de estrategias enfocadas en la educación, acceso, comunicación y transparencia.
Estas recomendaciones pueden ampliar y fortalecer el rol ciudadano en la agenda legislativa, haciendo más visible y efectiva la participación directa en la formulación de leyes a través de proyectos por petición en Puerto Rico.