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El juez Anthony Cuevas Ramos declaró nulas e inválidas las órdenes ejecutivas que concedían dispensas a médicos veterinarios sin licencia en Puerto Rico por no cumplir con los requisitos establecidos en la Ley del Ejercicio de la Medicina Veterinaria de Puerto Rico.
Específicamente, declaró nulas la Orden Ejecutiva 2020-15 y la Orden Ejecutiva 2020-18, que establecen como política pública del gobierno de Puerto Rico asegurar el bienestar y protección de los animales, particularmente durante el periodo que emergencia. Las órdenes le permitían a una organización sin fines de lucro proveer protección, albergue y servicios veterinarios.
La declaración surgió en la sentencia del caso que llevaron los tres médicos-veterinarios Mónica G. Pagán Mutt, Víctor R. Oppenheimer Soto y María I. Cueto Ruiz.
Los tres médicos-veterinarios presentaron una demanda en contra del gobierno de Puerto Rico y reclamaban que se le haya permitido a personas que no están debidamente licenciados para practicar en Puerto Rico participar, mediante dispensas, de unos eventos de esterilización masiva de animales llamados «spayathones«.
Según los demandantes, luego de varias órdenes ejecutivas desde el 2017, la gobernadora Wanda Vázquez Garced firmó la Orden Ejecutiva 2020-15, que fue enmendada por la Orden Ejecutiva 2020-18, en la que se hace referencia a las órdenes anteriores y las vincula a los efectos del paso de los huracanes Irma y María, y a los eventos sísmicos de enero de 2020.
Los demandantes reclamaban que el mecanismo de dispensa no estaba contemplado en la Ley del Ejercicio de la Medicina Veterinaria en Puerto Rico y la Ley Habilitadora del Colegio de Médicos Veterinarios de Puerto Rico, por lo que la orden ejecutiva se debía declarar inválida.
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