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Por: Giancarlo Esquilín Lebrón, CPA | Tax Opportunities LLC
Por muchos años los contribuyentes se han enfrentado a que, a pesar de ser las personas que han realizado los pagos de hipotecas a las instituciones correspondientes, no puedan tomar la deducción por los intereses pagados en sus planillas de contribuciones sobre ingresos. Sin embargo, en el pasado año se aprobó la Ley Núm. 78 de 2017 ("Ley 78-2017") para, entre otras cosas, enmendar la Sección 1033.15 del Código de Rentas Internas de Puerto Rico de 2011 ("Código") y permitir a los individuos que cumplan con ciertos requisitos tomar la deducción por intereses pagados o acumulados sobre un préstamo garantizado en su totalidad con hipoteca de su propiedad residencial, aun cuando estos no sean los deudores o codeudores de dicho préstamo. Este beneficio será efectivo para el año contributivo 2017, por lo tanto, los contribuyentes podrán tomarlo en su planilla que se radica en este año.
El Departamento de Hacienda publicó el pasado 30 de enero de 2018 la Carta Circular de Rentas Internas Núm. 18-01 ("CC RI 18-01") para: (i) establecer el procedimiento para poder tomar la deducción por intereses hipotecarios en casos donde el individuo que lo reclama no es el deudor o codeudor del préstamo hipotecario, y (ii) especificar los documentos que debe someter a Hacienda todo contribuyente que tome la deducción permitida tras la enmienda por la Ley 78-2017.
La CC RI 18-01 establece dos partes principales con las que todo contribuyente que desee tomar la deducción por intereses hipotecarios pagados o acumulados y no sea deudor o codeudor debe cumplir:
A. Documentos requeridos para reclamar la deducción
Los contribuyentes que no figuren como deudores o codeudores, que reclamen la deducción por intereses hipotecarios pagados o acumulados, deben enviar a Hacienda la siguiente información como evidencia:
B. Forma de enviar los documentos a Hacienda
Por otro lado, Hacienda aclara que en el caso que un individuo que reclame la deducción por intereses pagados o acumulados y que no sea el deudor o codeudor del préstamo hipotecario, deberá incluir la cantidad en el encasillado del Anejo A de la planilla de individuo que establece que fueron "intereses hipotecarios sobre la residencia principal no reportados en un Formulario 480.7A". Además, Hacienda notifica que cualquier contribuyente que incumpla con proveer la evidencia requerida para tomar la deducción que aquí se discute estará sujeto a las penalidades aplicables, pues dicha planilla se considerará incompleta y no radicada.
Para más detalles sobre los requisitos, puede hacer referencia a la CC RI 18-01 y al Código o consultar con un especialista. Los ejemplos de declaraciones juradas que aquí se incluyen fueron provistos por Hacienda junto a la publicación de la CC RI 18-01.