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Defensa de Ángel Pérez podría tener varias vías para apelar

15 de febrero de 2024
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Por Daniel Rivera Vargas

Es posible que el exalcalde del municipio de Guaynabo, Ángel Pérez, convicto por cargos de conspiración, soborno y extorsión, pueda salir favorecido en alguno de sus trámites apelativos, que incluyen un aspecto enmarcado en la incertidumbre de que una próxima decisión del Tribunal Supremo de Estados Unidos lo favorezca, reflexionó un abogado penal.

Jesús Rivera Delgado, presidente de la Junta de Directores de la Sociedad para la Asistencia Legal (SAL), compartió en una entrevista con Microjuris que espera que la resolución del caso James Snyder v. US se emita para junio o incluso antes.

El caso de James Snyder v. US es el de un exalcalde convicto a nivel federal por violar la Sección 666(a)(1)(b) del Título 18 del Código de Estados Unidos, uno de los cargos por los que fue hallado culpable Pérez.

Además, el abogado señaló que el Tribunal federal de Apelaciones para el Primer Circuito en Boston podría aplicar la prospecta decisión a Pérez.

«Hay un principio (en el derecho penal) de favorabilidad y si beneficia al acusado, se le debe aplicar», dijo Rivera Delgado.

La defensa del exalcalde, compuesta por Osvaldo Carlo, Eduardo Ferrer y José Olmo, argumentaron un asunto en el que existe discrepancia entre los circuitos federales de apelación: si el texto de esa ley abarca los pagos en reconocimiento de acciones de exfuncionarios, cuando no existía un acuerdo previo de que recibirían compensación al otorgarle dicho contrato.

«Este caso presenta una cuestión excepcionalmente importante y determinante en cuanto al alcance del estatuto federal de corrupción pública más usado por la fiscalía: 18 U.S.C. § 666», reza el escrito ante el Supremo de agosto pasado.

«Los circuitos están profundamente divididos sobre si la Sección 666(a)(1)(b) del Título 18 del Código de Estados Unidos penaliza las gratificaciones, es decir, los pagos en reconocimiento de medidas que un funcionario estatal o local ya ha adoptado o se ha comprometido a adoptar, sin que exista un acuerdo «quid pro quo» para adoptar esas medidas».

¿Qué significa quid pro quo El «quid pro quo» sirve para designar la reciprocidad en algunas transacciones legales y comerciales como contratos y acuerdos recíprocos. De manera más simple, es «doy para que me des». Es decir, te doy algo a cambio de algo.

En el caso federal ante el Supremo federal, el alcalde de una ciudad de Indiana recibió $13 mil de una empresa de camiones después de que la empresa obtuviera un contrato. El exfuncionario afirmó que se trataba de un pago legítimo por servicios de consultoría que comenzó a proporcionar después de dejar el cargo.

El Supremo federal expidió el certiorari en este caso durante el mes de diciembre, por lo que se están recibiendo escritos de partes interesadas.

¿Qué es un certiorari? En derecho, el certiorari es un recurso para solicitar la revisión judicial de una decisión de un tribunal inferior o de un organismo gubernamental.

Rivera Delgado, quien litiga en los foros federales y estatales, comentó que el Tribunal Supremo federal debería expresarse sobre este caso en o antes del mes de junio.

La defensa del exalcalde Pérez habló del caso al solicitar la posposición de la vista de sentencia, pero fue denegada por la jueza Aida Delgado Colón.

«Ellos están preservando el argumento para la eventualidad de que la decisión les sea favorable poderla utilizar. En ese sentido lo están haciendo bien», sostuvo Rivera Delgado.

El también profesor comentó que una controversia similar fue la que benefició al exsenador Héctor Martínez Maldonado, que fue hallado culpable por un jurado, pero el veredicto fue revocado por el Tribunal de Apelaciones del Primer Circuito.

En aquel caso, Martínez viajó con gastos pagos por un contratista a ver en Las Vegas una pelea de Félix «Tito» Trinidad, pero no se pudo probar que el entonces legislador recibió algún beneficio de ese viaje.

El abogado señaló que la defensa de Pérez podría solicitar una fianza en apelación o, alternativamente o de manera simultánea, pedir la excarcelación del alcalde mientras se resuelve el caso en el Supremo federal, en caso de que la decisión sea favorable al exalcalde.

Recordó que la fianza es un mecanismo que procede como una garantía de comparecencia y que solo se deniega cuando se trata de personas que representan riesgo de fuga o peligro para la comunidad, y que en el caso del exalcalde no aplican ninguno de estos preceptos.

Sentencia del exalcalde de Guaynabo

Mientras tanto, en relación a las críticas a la sentencia contra el exalcalde Pérez, con poco más de cinco años de prisión, el licenciado Rivera Delgado respondió que la jueza Delgado Colón probablemente aplicó las guías de sentencia.

¿Cómo se dicta una sentencia a nivel federal?

Estas, aunque son discrecionales, establecen parámetros al imponer condenas basándose en factores detallados en un extenso documento. Los factores consideran numerosos elementos, algunos de los cuales podrían haber beneficiado a Pérez, como la ausencia de antecedentes penales.

Explicó que, mientras en Puerto Rico existen penas claramente definidas en el Código Penal, a nivel federal puede haber una gama de opciones para la sentencia. Cuando se menciona que podría ser una condena de hasta 10 años, la realidad es que esta cifra puede disminuir si se cumplen ciertos criterios establecidos en las guías de sentencia.

«Un juez se va a mantener en las guías de sentencia», sostuvo el abogado.

Otras opciones apelativas

En relación a la afirmación de que el video presentado a la prensa antes de ser entregado a la defensa como parte del descubrimiento de pruebas podría haber ejercido una influencia indebida sobre el jurado, Rivera Delgado afirmó que este podría ser un argumento significativo en el proceso de apelación en el tribunal de Boston.

«No creo que lo absuelva, pero […] quizás le dan un nuevo juicio», concluyó.

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