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Demandan a la UPR, al expresidente Walker y funcionarios del recinto de Bayamón por despido de profesora de Humanidades

19 de octubre de 2016
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Demandan a la UPR, al expresidente Walker y funcionarios del recinto de Bayamón por despido de profesora de Humanidades
UPR Bayamón (Facebook)

Descarga el documento: Vázquez-Lazo v. University of Puerto Rico et al

La profesora Nieve de los Ángeles Vázquez Lazo trabajó desde el 2006 al 2015 en el Departamento de Humanidades en la Universidad de Puerto Rico, Recinto de Bayamón (UPR Bayamón). Hasta el 2012, estuvo bajo contrato renovable anualmente. Luego obtuvo un nombramiento con probatoria.

Para septiembre de 2012, ésta expresó su interés en ser considerada para una promoción y permanencia. Según Vázquez Lazo, la Dra. Elsa Gelpí, presidenta del comité de personal, cuestionó sus cualificaciones para merecer la promoción y permanencia, lo que llevó al conversación a una discusión acalorada, hostigamiento y ambiente hostil por parte de los demandados. El noviembre de 2012 presentó una querella interna.

Además de ese incidente, Vázquez Lazo señaló que en dos ocasiones ha estado en la prensa. En una ocasión salió en la prensa expresando preocupación por que estudiantes de Humanidades no podían registrarse en sus cursos a través del Internet. En otra, El periódico El Nuevo Día publicó una carta firmada por estudiantes y profesores donde expresaban no estar de acuerdo con la nominación de la profesora Margarita Fernández Zavala al puesto de Rectora de la Universidad.

Fernández Zavala había sido recomendada por el entonces Presidente de la UPR, Urayoán Walker Ramos.

Luego del primer artículo , el comité de personal recomendó la terminación del nombramiento probatorio de Vázquez Lazo. Según el comité, la terminación respondía a que la profesora no había cooperado con el proceso de evaluación.

El mismo día en que El Nuevo Día publicó el artículo sobre la carta en oposición a la nominación de Fernández Zavala, el expresidente Walker Ramos denegó la apelación de la querella interna que presentó en el 2012. Dos días más tarde denegaron su apelación sobre la permanencia y promoción.

Vázquez Lazo demandó a la Universidad de Puerto Rico, al expresidente Urayoán Walker Ramos y funcionarios del Recinto de Bayamón en su capacidad personal y oficial ante el Tribunal federal para el Distrito de Puerto Rico. La demanda enmendada reclama daños por su despido, que según alega fue por represalias.

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Los demandados solicitaron la desestimación de la demanda alegando que la acción está prescrita y que no detalla como cada demandado estuvo involucrado personalmente. El Tribunal no estuvo de acuerdo y determinó que las alegaciones en la demanda son suficientes para demostrar la posible existencia de un reclamo justiciable.

Los demandados también sostuvieron que las expresiones de la demandante en la primera ocasión a la prensa no se referían a un asunto de interés público, ni que se hicieran con intención de proteger el interés público. El Tribunal nuevamente determinó que de las alegaciones en la demanda surge que las expresiones sí podrían referirse a un asunto de interés público y que pueden haber sido hechas con intención de protegerlo, por lo que en esta etapa no está en posición de desestimar una causa de acción bajo la Primera Enmienda por esos hechos.

Por otro lado, sus reclamos contra la UPR fueron desestimados bajo la inmunidad cualificada que provee la Enmienda XI y su reclamo bajo el Título VII de la Ley de Derechos Civiles fue desestimados por no exponer alegaciones que demuestren la plausibilidad del reclamo. En cuanto a los demandados en su capacidad oficial, el Tribunal desestimó también la causa de acción bajo el el Título VII de la Ley de Derechos Civiles y la Enmienda IX.

Las demás causas de acción contra los demás demandados permanecen vivas. El juez Pedro Delgado Hernández ordenó a los demandados en su capacidad oficial que contesten la demanda no más tarde del 7 de noviembre de 2016.

por el Lcdo. Cristian González

 

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