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Desestimada acción de daños por accidente que dejó incapacitado a marino mercante

14 de septiembre de 2016
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Bahía Urbana
Foto: Taylor Engineering

Descarga el documento: Lawes et al v. Q.B Construction, et al

Luego de la exclusión de Ralph Aaronberg, perito de la parte demandada, la representación legal de Grandville Lawes, el perjudicado en este caso, anunció que culminó la presentación de su prueba. Los co-demandados, Q.B. Construction, Integrand Assurance Company, y CSA Arquitects and Engineers, presentaron una moción solicitando sentencia como cuestión de Derecho.

La solicitud sostiene que el demandante no probó que el plan de manejo de tráfico ("MOT", por sus siglas en inglés) del proyecto fue diseñado de manera negligente. Adicional a ello, los demandados alegaron que Grandville Lawes no demostró que el MOT fuese la causa próxima del accidente que dejó incapacitado al demandante.

En este caso, los demandantes se quedaron sin perito luego que el tribunal descalificó a Ralph Aaronberg luego de una vista Daubert de 12 días. En este caso era necesario un perito que orientara al tribunal en cuanto a los estándares de la industria aplicables a los demandados y que ayudara a elaborar una versión concebible de los hechos que demostrasen la negligencia de los demandados. El juez Daniel R. Domínguez del Tribunal Federal para el Distrito de Puerto Rico expresó que por ello, el demandante no tenía manera de vencer las mociones de desestimación que presentaron los demandados.

En síntesis, para casos como este, el demandante debe probar que sufrió un daño, y que el daño se debió al incumplimiento del demandado con un deber legal. El demandante debe probar que dicho incumplimiento fue la causa próxima del daño que sufrió.

El demandante demostró la existencia y la extensión de sus daños pero para el Tribunal de Distrito, esto fue todo lo que pudo probar.

Si el demandante no puede proveer evidencia suficiente de cualquiera de los requisitos para prevalecer en su acción de daños, la misma debe ser desestimada contra el demandado.

Por ello, el Tribunal de Distrito decidió que los demandados tienen razón en su moción solicitando una sentencia como cuestión de ley, y en consecuencia desestimó la demanda en su totalidad con perjuicio.

Para un resumen de los hechos del caso y la exclusión del perito, pulsa aquí.

por el Lcdo. Cristian González

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