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El juez Anthony Cuevas Ramos desestimó la demanda de Edgardo Cruz Vélez, el candidato por nominación directa o write in a la alcaldía de Guánica, en la que solicitaba que se le adjudicaran 22 de votos y que se le ordenara a la Comisión Estatal de Elecciones (CEE) que lo certificara como alcalde.
«Ante la ausencia de alguna actuación irrazonable, ilegal, arbitraria o que lacere derechos constitucionales de alguna parte, este tribunal está imposibilitado de imponer su criterio ni pasar juicio sobre la sabiduría de la determinación del Presidente de la CEE. No podemos olvidar que existe una presunción de regularidad y corrección a favor de las decisiones administrativas y le corresponde a la parte que las impugne, el deber de presentar ante el foro judicial la evidencia necesaria que permita, como cuestión de derecho, descartar esa presunción de corrección de la determinación administrativa«, señaló el juez en su desestimación.
El 5 de enero de 2021, Edgardo Cruz Vélez presentó un recurso de revisión judicial contra la Comisión Estatal de Elecciones.
Cruz Vélez expuso que faltaban votos por adjudicársele, específicamente la cantidad de 22 votos, relacionados a la controversia por las papeletas del Colegio 12, Unidad 1, así como otras papeletas las cuales han sido detectadas como no contabilizadas ni adjudicadas a Cruz Vélez.
El candidato solicitó la revocación de la resolución, dejándola sin efecto, y la adjudicación de las 22 papeletas de la Unidad 12, Colegio 1, con el nombre de Edgardo Cruz Vélez o cualquiera de sus variantes.
Además, solicitó que se emitiera una orden dirigida a la Comisión Estatal de Elecciones para que proceda a certificarle como alcalde del municipio de Guánica.
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