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La Junta Constitucional de Revisión de los Distritos Electorales Senatoriales y Representativos notificó su Determinación Final el 21 de julio de 2022.
A través de un comunicado, la Junta indicó que la determinación fue ratificada mediante Resolución el 5 de agosto de 2022, sin oposición, tras vencerse el término que fue notificado al público para impugnar o emitir comentarios.
«Conforme a lo que mandata la Constitución del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, la Junta Constitucional completó su encomienda valiéndose de los datos oficiales del Censo Decenal de 2020 publicados por el Negociado del Censo en septiembre de 2021. Estos datos oficiales permanecen inalterados y no se impactarán con los datos estadísticos estimados publicados por el Negociado del Censo como parte de una encuesta estadística (Post-Enumeration Survey (PES, por sus siglas en inglés))», añadió.
En el caso de Puerto Rico, el Negociado del Censo anunció el 16 de agosto de 2022, que el PES estima que durante el Censo de 2020 se sobre contó a la población por un 5.7% o 174 mil personas, lo que no representa cambio estadístico significativo sobre el mismo margen de conteo mayor hecho después del Censo del 2010.
«Los datos del PES publicados por el Negociado del Censo resultan de un estudio estadístico implementado para validar la calidad de los datos producidos por el Censo de 2020 en cuanto a la población y las unidades de vivienda en todos los estados y territorios de Estados Unidos. Este estudio le permite al Negociado del Censo evaluar las fortalezas y debilidades de sus procesos y así apoyar y dirigir su plan de trabajo para el Censo de 2030. Es una herramienta de auto evaluación del Censo y no impacta los procesos de redistribución finalizados en los estados y en Puerto Rico en las pasadas semanas», informó.
«Finalmente, la Junta Constitucional completó su encomienda valiéndose de los números oficiales del Censo de 2020 y el PES no altera en nada los datos utilizados para la redistribución y que permanecen inalterados por los próximos diez años. Asimismo, se destaca que esta Junta logró trabajar una redistribución con un por ciento de desviación igual o menor del 4%, por debajo del 6% de Juntas anteriores y del 10% que se considera Constitucionalmente válido. Tanto los funcionarios electos como la ciudadanía pueden confiar que el trabajo arduo y dedicado de la Junta Constitucional logró el balance poblacional relativo requerido entre los distritos electorales para garantizar que toda persona ejerza su derecho fundamental al voto de manera igualitaria», agregó.
Para más información sobre la Determinación Final de la Junta Constitucional puede acceder al siguiente enlace. Con relación al anuncio del Negociado del Censo puede referirse a este enlace.